Universidad Veracruzana

Skip to main content

Junta Académica

Junta académica

El Capítulo VIII, Artículo 65 de la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana, la define como la autoridad máxima de cada Facultad o Instituto.

Están integradas por:

I. El Director de la Facultad o Instituto;
II. Los catedráticos, investigadores y técnicos académicos de la Facultad o Instituto que se encuentren desempeñando su función;
III. Un representante de los alumnos por cada grupo escolar existente;
IV. El representante alumno ante el Consejo Universitario General de cada Facultad o Instituto;
V. Los catedráticos de nivel de posgrado en las Facultades o Institutos en que se ofrezcan éstos; y
VI. El Secretario de la Facultad o quien realice esa función en los Institutos.

Sus atribuciones; definidas por el Artículo 66 de la misma Ley son:

I. Formular el proyecto de reglamento de la entidad académica correspondiente, sometiéndolo por conducto del Director, a la Comisión de Reglamentos del Consejo Universitario General, para su análisis y aprobación en su caso; II. Proponer la terna para el nombramiento de Director;
III. Proponer medidas para lograr la excelencia académica;
IV. Presentar para su aprobación por conducto del Director, los proyectos de planes y programas de estudios;
V. Definir y aprobar en primera instancia las líneas prioritarias institucionales de investigación;
VI. Conocer los proyectos de investigación aprobados por el Consejo Técnico; LEY ORGÁNICA 39
VII. Analizar, evaluar y dictaminar el estado que guardan los planes y programas de estudio vigentes;
VIII. Constituirse en comisiones para conocer y tramitar los asuntos de su competencia;
IX. Integrar academias por área de especialidad para el mejor cumplimiento de las atribuciones señaladas en los incisos anteriores;
X. Designar a los integrantes del Comité Editorial;
XI. Designar a los coordinadores de las academias preferentemente del personal de carrera de tiempo completo;
XII. Constituirse en tribunal de honor y justicia para conocer y sancionar las faltas graves de la autoridades, del personal académico y de los alumnos;
XIII. Presentar iniciativas para la mejor organización y funcionamiento de la institución;
XIV. Aprobar su programa de difusión de la cultura y extensión de los servicios de la Facultad o Instituto de que se trate;
XV. Invitar a sus sesiones a personas ajenas a la Junta, las cuales podrán participar con voz pero sin voto; y
XVI. Las demás que le otorgue la Legislación Universitaria.

La Junta Académica de la Facultad de Matemáticas UV está constituida por las siguientes personas:

  • Profesores adscritos a la entidad académica.
  • Profesores por asignatura que imparten clases en el periodo lectivo en que se lleve a cabo la sesión.
  • Representantes alumnos por generación Licenciatura en Matemáticas:

Realizadas en 2024

Realizadas en 2023

Enlaces de pie de página

Ubicación

Redes sociales

Transparencia

Código de ética

Última actualización

Fecha: 17 octubre, 2024 Responsable: Facultad de Matemáticas Contacto: facultadmatematicas@uv.mx