Universidad Veracruzana

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Importancia

La Universidad Veracruzana, desde sus inicios ha recibido el apoyo de sus alumnos a través de sus cuotas voluntarias, siendo las entidades académicas quienes deciden tradicionalmente su aplicación, no obstante, no en todas se ha estructurado una instancia plural que al tiempo que revisen las prioridades de la entidad decidan sobre su destino; por tal motivo, el proyecto de Reglamento que ahora se formula tiene, entre otros aspectos, los de normar un ambiente de planeación, control y transparencia en el ejercicio de las cuotas voluntarias y la obtención de acuerdos por consenso razonado y democrático, que le otorgue al alumno plena certidumbre de que sus cuotas voluntarias verdaderamente contribuyen al desarrollo de su entidad académica para alcanzar la tan anhelada excelencia académica y escolar en su propio beneficio. Este ordenamiento tiene los tres aspectos que lo caracterizan: regular, facultar e instruir. En este caso, la materia está vinculada a la forma de ejercer las cuotas voluntarias de los alumnos, que en esencia representan donativos, en los términos referidos en el Artículo 30 del Reglamento de Ingresos y Egresos de la Universidad Veracruzana.

En el desarrollo de la regulación en el ejercicio de los ingresos que recibe la Universidad Veracruzana por cuotas voluntarias, se ha investigado el mejor esquema colegiado de trabajo, logrando encontrar que el establecimiento de “Comités Pro-Mejoras”, es la mejor herramienta administrativa para lograr el propósito de transparencia y rendición de cuentas. Tradicionalmente se ha manejado el término “Fideicomiso y Patronato”, sin embargo, ambos conceptos están normados en el ambiente del Derecho, pues el Fideicomiso es una figura mercantil que se encuentra perfectamente regulada en la Ley General de Títulos y Operación de Crédito y el Patronato es una agrupación de personas o entidades bajo cuya protección o cuidado se haya una Fundación u obra benéfica, que están más vinculados a las Asociaciones Civiles reguladas por el Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. El empleo de estos términos en la Universidad Veracruzana ha sido por usos y costumbres y no por llevar a cabo las formalidades reguladas por la legislación en cada materia. Por lo anterior, se tomó la decisión de utilizar la figura del “Comité Pro-Mejoras”, que señala el Artículo 17 de la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana, lo siguiente: “La Universidad Veracruzana, con la finalidad de incrementar su patrimonio, se coordinará y cooperará con los particulares, en la creación de patronatos, comités pro-mejoras, fundaciones y otros organismos de similar naturaleza, en términos de la reglamentación correspondiente”, por significarse en la pluralidad de su conformación para los fines que persigue esta regulación en pro de las entidades académicas.

En el Comité Pro-Mejoras se destaca la participación activa del Administrador quien actúa como Secretario del Comité, entre otras razones, por el gran servicio que puede ofrecer dadas sus atribuciones institucionales que le han sido conferidas principalmente en el Estatuto General de la Universidad Veracruzana, lo que permitirá al Comité tener en forma activa a la persona idónea, que al igual que incorporará las acciones al Programa Operativo Anual de la entidad académica, es competente para realizar la gestión y comprobación de
los recursos financieros ante la Secretaría de Administración y Finanzas, siguiendo las políticas y procedimientos administrativos aprobados.

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Fecha: 19 abril, 2024 Responsable: Facultad de Matemáticas Contacto: facultadmatematicas@uv.mx