Año 15 No. 657 Octubre 24 de 2016 • Publicación Semanal

Xalapa • Veracruz • México

Ley debe ajustarse a la sociedad y no a la inversa

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María Victoria Pellegrini, acompañada de Aníbal Guzmán

María Victoria Pellegrini, acompañada de Aníbal Guzmán

Jorge Vázquez Pacheco

María Victoria Pellegrini, especialista en derecho de familia y graduada por la Universidad Nacional de La Plata, Argentina, elogió a la Universidad Veracruzana (UV) por la realización del VII Seminario Internacional de Estudios Jurídicos y la vinculación con el Poder Judicial.

Indicó que esto es sumamente valioso porque logra que la academia “no se quede encerrada en una burbuja para ver qué sucede después, sino que haya una directa relación con quien aplica el derecho”.

La abogada apoyó su comentario en una sentencia propia: “Nosotros estudiamos lo que dice la ley, los jueces aplican lo que ellos dicen que dice la ley; por lo tanto, esta relación entre académicos y jueces debe arrojar resultados interesantes”.

Pellegrini agradeció la invitación a este evento, donde presentó el tema “Construcción del derecho de familia” e hizo un recuento de los cambios registrados en su país a raíz de la inclusión de Argentina en los diversos tratados internacionales sobre derechos humanos.

Los cambios legislativos en los últimos años apuntan hacia la aceptación del matrimonio igualitario, muerte digna e identidad de género, cobertura médica en reproducción humana asistida, entre otros, en los cuales se consideran puntos importantes como principios de igualdad real y no discriminación, así como pluralidad en una sociedad multicultural.

En cuanto a los principios de familia, se han tomado en cuenta el derecho a la vida familiar, sea cual sea la naturaleza de esta última (heterosexual, homosexual, monoparental, matrimonial o no, progenitores que conviven o no, y familia ensamblada).

Señaló que en Argentina la ley debe ajustarse a la sociedad y no a la inversa, se toma en cuenta que la mayoría de los códigos se habían basado en una división tajante entre el derecho público y el derecho privado. “Ahora se ha establecido una comunidad de principios entre ambos derechos, ampliamente reclamada por la mayoría de la doctrina jurídica argentina”, apuntó.

Dijo que aún hay mucho por analizar y tomar en cuenta, como la procreación sin acto sexual o el embarazo en un organismo de características femeninas pero cuya poseedora se ha transexuado a la masculinidad. Comentó también una inédita forma de matrimonio aceptada ya en países como Brasil, donde recientemente tres novias desafiaron el modelo de familia tradicional, reclamaron y ganaron el derecho al matrimonio en trío femenino por así convenir a sus intereses afectivos.

¿Qué ha quedado fuera del código civil y comercial de la nación? Con certeza, la filiación post mortem o la gestación por sustitución, por lo que la legislación al respecto se contempla como susceptible de modificarse y de adaptaciones futuras, explicó Pellegrini.

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