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El derecho ha excluido a las mujeres

  • Este sector ha sido invisibilizado
  • Alumno de la Maestría en Derechos Humanos y Justicia Constitucional, dijo que el derecho ha sido pensado sólo para los hombres por el concepto patriarcal y egocéntrico
  • Carlos Enrique González Aguirre dictó la ponencia “Mujeres y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”

 

Claudia Peralta Vázquez

 

Al hablar de perspectiva de género y de la desigualdad social, económica, cultural y pública que enfrentan las mujeres hoy en día, Carlos Enrique González Aguirre, jurista egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana (UV), lamentó que el derecho también haya dejado a un lado a este sector.

En el marco de su ponencia “Mujeres y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, destacó que la desigualdad entre hombres y mujeres se justifica a partir de la conformación de una sociedad patriarcal, donde todo en sí ha sido pensado para los hombres, incluso en el derecho.

En el auditorio de la Facultad de Derecho de la UV, mencionó que las críticas principales que emiten grupos feministas que pugnan por la igualdad de hombres y mujeres van encaminadas al acceso de mejores oportunidades y percepciones laborales, prestaciones sociales y derechos de maternidad.

Carlos Enrique González Aguirre presentó la ponencia “Mujeres y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”.

Carlos Enrique González Aguirre presentó la ponencia “Mujeres y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”.

Un tema importante es la decisión sobre los cuerpos de ellas mismas y la despenalización del aborto en muchos países, incluso en varias entidades de México, como Veracruz.

Respecto a la legalización sobre la protección de la vida desde su concepción y criminalización del aborto, comentó que en el sistema interamericano, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene un precedente relevante que es el caso de Artavia Murillo contra Costa Rica, respecto a la fertilización in vitro (FIV).

Recordó que en 2012 el Estado de Costa Rica fue demandado por un decreto que promulgaba una ley donde se prohibía este proceso. En este sentido, la Corte Interamericana realizó un estudio exhaustivo sobre el derecho a la vida y dejó un precedente importante sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

Alumnos de la Facultad de Derecho de la UV durante la ponencia.

Alumnos de la Facultad de Derecho de la UV durante la ponencia.

El caso de “Artavia Murillo contra Costa Rica, lo que puede hacer es orientarnos en derecho interno sobre el tema de la penalización total del aborto”. Esto conforme a los nuevos estándares de protección y garantía de los derechos humanos, tanto en nuestro país como a nivel internacional.

Con este precedente, dijo, la Corte Interamericana dice que científicamente la vida no inicia desde la concepción, y que cuando la vida de la mujer está en riesgo es posible juridificar el aborto sin penalizar a la mujer.

Es decir, Artavia dice sí a la vida pero no a la penalización y criminalización de las mujeres por aborto, principalmente en tres casos: cuando está en peligro la vida de la madre; cuando fue objeto de violación sexual; y cuando hay una malformación genética del producto.

Por ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresa en Artavia Murillo “sí a la vida pero no a la restricción de los derechos de las mujeres, no se puede imponer una voluntad sobre otras personas, y en este caso sobre la decisión y cuerpo de las féminas”.

Sin embargo, para el caso exacto de Veracruz, la nueva legislación que favorece la penalización y criminalización del aborto podría someterse a un procedimiento jurisdiccional para hacer visible que está en contra de la Constitución y de la convencionalidad.

El especialista originario de la ciudad de Coatzacoalcos, refirió que en el derecho interno no debería haber ningún tipo de criminalización sobre la simple decisión de la mujer de querer abortar.

“Ahí entra la perspectiva de género y no es otra cosa que un análisis metodológico que permite conocer las circunstancias de desigualdad que enfrentan las mujeres: violencia, pobreza, marginación o pertenecer a un grupo originario.”

Subrayó que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos es aquel conjunto de instrumentos internacionales que constan de tratados, convenciones, acuerdos y pactos que vislumbran instrumentos de protección y garantizan los mismos en el marco de la comunidad internacional.

En este sentido, las mujeres, como un grupo vulnerable a lo largo de los procesos históricos sociales de nuestras sociedades, tienen una especial protección.

Precisó que existen instrumentos especiales de protección por violencia de género, enfatizados para la mujer. Para estos efectos citó dentro del contexto universal a la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación para la mujer”.

Dentro del Sistema de Protección Universal de los Derechos Humanos, está la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y ONU Mujeres, de forma más especializada.

En el marco del sistema interamericano, se cuenta con la Convención de Belém do Pará, cuyo nombre real es “Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación en contra de las mujeres”.

Carlos Enrique González Aguirre es miembro de la generación 2004-2008 de la Facultad de Derecho, y es becario del Consejo Nacional de Ciencias y Tecnología (Conacyt).

También ha realizado estudios de posgrado en el Instituto de la Contaduría Pública de la UV, así como distintas estancias internacionales.

 

 

 

 

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