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Universitarios se informaron sobre derechos de autor

 

  • Directora jurídica del Indautor asesoró a los académicos y directivos de la institución

 

David Sandoval Rodríguez

 

La Universidad Veracruzana (UV), a través de la Dirección General de Vinculación, recibió la visita de Norma Zamora Rosas, asesora jurídica del Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), el martes 24 de noviembre en las instalaciones de la Unidad de Servicios Bibliotecarios y de Información (USBI), quien habló sobre “Derechos de autor” a directivos, funcionarios y académicos.

En principio, la ponente expresó que existe una confusión entre quién es el titular de los derechos de autor y el autor mismo, por ello definió el primer término es “el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias o artísticas, el cual le otorga facultades de carácter personal y patrimonial”.

Agregó que la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) señala que el creador de una obra siempre será una persona física y que una persona moral no puede ostentarse como tal. Así, una institución pública o privada no puede fungir como autor pero podría ser titular de los derechos.

Las obras protegidas por derechos de autor son de carácter literario: la música –con o sin letra–, la obra pictórica y visual, así como programas de cómputo, bases de datos y obra escultórica, entre otros casos.

Existe una clasificación de obras vigente: por su autor (conocidas, anónimas, seudónimas); por su comunicación (divulgadas, inéditas y publicadas); por su origen (primigenias y derivadas). El uso de estas últimas deberán estar autorizadas por quien tenga los derechos primigenios.

Zamora Rosas advirtió que no son objeto de protección por el derecho de autor “las ideas en sí mismas, las fórmulas, las soluciones, los conceptos, así como los métodos, los sistemas, los principios, descubrimientos, procesos e invenciones de cualquier tipo”.

Norma Zamora Rosas, directora jurídica del Indautor.

Norma Zamora Rosas, asesora jurídica del Indautor.

Si una persona realiza una metodología, ejemplificó, no se está protegiendo, “sería la forma de expresión en dado caso la que se protegería, cómo la escribió, cuáles fueron sus resultados y la forma en que éstos fueron transcritos, se le daría el reconocimiento como creador”.

En el marco de la ley, el contenido del derecho de autor se divide en dos campos: el derecho moral, que implica atribuciones imprescindibles, irrenunciables e inembargables para el autor, “lo que conlleva a la divulgación, paternidad, integridad, modificación, retracto y repudio”.

Por otro lado, se contempla el derecho patrimonial, también considerado como económico, el cual puede ser negociado e incluye la reproducción, comunicación al público, distribución y transformación. “Los derechos de autor no se venden, se licencian o se transmiten, y se hace de manera temporal, no perpetua”, precisó la funcionaria.

Al finalizar su charla, Norma Zamora respondió dudas de los presentes, quienes plantearon situaciones acerca de que en los institutos de investigación reciben a estudiantes de posgrado para realizar trabajos, a lo que la ponente sugirió establecer cláusulas de confidencialidad para que los avances o resultados de investigación no se publiquen previa autorización de los involucrados.

 

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