Las políticas públicas orientadas hacia la erradicación de la violencia contra las mujeres

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Las políticas públicas orientadas hacia la erradicación de la violencia contra las mujeres

Denisse Aramburo Guerra*
Jeysira Jacqueline Dorantes Carrión**

Resumen:

El presente artículo se acerca al análisis de las políticas públicas orientadas hacia la erradicación de la violencia contra la mujer. Se trata de abordar algunos preceptos destinados a la prevención, erradicación y sanción de la violencia contra la mujer. Se requirió consultar y analizar algunas leyes, instituciones y programas creados para prevenir y atender el problema de violencia contra la mujer en México, para poder reflexionar sobre su importancia. El objeto de este documento es contribuir a que mujeres universitarias den cuenta de la importancia de sus derechos y reconozcan cómo las políticas públicas han operado a favor de una mejor calidad de vida.

Se trata de hacer observable el impacto de las políticas públicas que se han destinado para evitar que las mujeres sean maltratadas, y cómo éstas han permitido tomar medidas de acción y mejorar los ambientes a favor de las mujeres haciendo valer sus derechos humanos, que forman parte de sus garantías individuales consagradas en la Constitución General de la República, y que buscan garantizar la paz y la tranquilidad en nuestra sociedad.

Palabras clave: Políticas públicas, violencia contra mujeres, derechos humanos.

Summary:

This article attempts to analyze the public policies focused on the eradication of violence against women. It seeks to address some precepts aimed to prevention, elimination and punishment of violence against women. In order to keep a reflexive approach towards the relevance of this subject, it was necessary to consult and to analyze some laws, institutions and programs oriented to prevent and manage the violence against women problem in Mexico. The object of this document targets University women so they know how important their rights are and realize how public policies have been working in favor of a better life quality.

We seek to highlight the impact of those public policies which are directed to avoid women abuse, also the manner these have encouraged actions steps and enhancing environments in support of women by asserting their Human Rights, knowing these are part of their individual guarantees enshrined in the General Constitution of the Republic and that they are to ensure the social peace and quiet.

Key words: Public policies, violence against women, human rights.

Introducción:

El presente artículo se acerca al análisis de las políticas públicas orientadas hacia la erradicación de la violencia contra las mujeres. Como antecedente histórico, es importante mencionar que distintos documentos como la Declaración Universal, las Convenciones Internacionales, los Pactos internacionales, las Resoluciones para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer se han preocupado por investigar lo que les sucede a las mujeres en las distintas sociedades y en los distintos contextos espaciales y temporales, tomando siempre en cuenta diferencias de clase, etnia, nacionalidad, etcétera. Facio (1999) y Bodelón (2013) de manera conjunta han tratado de resolver el problema de la violencia que se manifiesta en múltiples formas y tipos.
Particularmente, en el año de 1980, cuando la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se distinguió por ser el primer Organismo Internacional que pronunció la gravedad de la violencia contra la mujer y reconoció de manera explícita que la violencia contra las mujeres en el entorno familiar “es el crimen encubierto” que resulta ser más frecuente en el mundo, e incluso se ha precisado que «el domicilio privado es para millones de mujeres es el lugar de sufrimiento, donde reciben maltrato, tortura e incluso la muerte”[1]. La ONU Mujeres (2013) reporta que el 35 % de las mujeres de todo el mundo ha sufrido violencia física y/o sexual por parte de su compañero sentimental o violencia por parte de una persona distinta a su compañero sentimental en algún momento de su vida. En México, el 70 % de las mujeres ha experimentado violencia física y/o sexual por parte de un compañero sentimental durante su vida, es decir, que 1 de cada 3 mujeres sigue sufriendo violencia física o sexual[2].
Es importante destacar que se reconoce como violencia hacia las mujeres lo siguiente: “feminicidio, maltrato doméstico, violaciones, intentos de homicidio, robos, extorsiones, infidelidad, problemas o discusiones excesivas con la pareja, golpes, incompatibilidad de caracteres con la pareja, alcoholismo de la pareja, abandono de la casa, abusos sexuales, humillaciones, vejaciones, gritos, ofensas, amenazas, etc.” Al definir la violencia, tenemos que ésta es la manifestación de una discriminación social, de una estructura social desigual y opresiva contra las mujeres (Bodelón, 2013, pp. 15-16); es una fuerza que daña o abusa, es el uso de la fuerza física o psicológica en contra de un semejante a quien se le hiere, humilla, daña, domina, perjudica, y doblega contra su voluntad, mediante la fuerza y el poder (De Felippis, 2004). Hoy en día, miles de mujeres de distintas edades, condiciones sociales y que pertenecen a diversos contextos siguen sufriendo y experimentando los efectos de la violencia en múltiples formas y momentos de su vida. Desafortunadamente, a pesar de las luchas permanentes, de los esfuerzos nacionales e internacionales y de los resultados de investigación que las universidades han reportado, el problema no se detiene, y lo más lamentable es que muchas mujeres no se atreven a hablar o denunciar debido al miedo. Evidentemente el tema de la violencia es una realidad que aún enfrentan las mujeres de nuestro país.
Particularmente, el presente documento está centrado en plantear políticas públicas que estén encaminadas a erradicar la violencia contra la mujer. Por políticas públicas se debe entender aquellas acciones de gobierno con objetivos de interés público que surgen de decisiones sustentadas en un proceso de diagnóstico y análisis de factibilidad, para la atención efectiva de problemas públicos específicos, en donde participa la ciudadanía en la definición de problemas y soluciones[3].
Desde la década de los noventa, los esfuerzos y las políticas públicas emprendidas por las organizaciones de las mujeres mostraron que los gobiernos comprometidos lograron una profunda transformación en la sensibilización pública respecto al problema de la violencia contra las mujeres, por lo que se reflexiona sobre las diversas formas de violencia que atentaba contra los derechos humanos de miles de mujeres en nuestro país. Según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual manifiesta en su Artículo 1 que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”, al parecer, las políticas no lograban, del todo, brindar las mejores condiciones humanas de género de mujeres y hombres de manera homogénea. Esto preocupa a todos, según la segunda Conferencia de la ONU a escala mundial realizada en Viena en 1993 (Saucedo, 2011), es que se centra su importancia exclusivamente en los Derechos Humanos[4].
Es en la “Declaración de Erradicación de la Violencia Basada en Género por la Asamblea de las Naciones Unidas” que se reconoce la urgente necesidad de integrar a la mujer en la aplicación universal de los derechos y principios relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres humanos[5]. Este momento fue muy importante a nivel internacional, ya que se trabajó por un documento final convincente que pusiera en relieve el carácter indivisible e interdependiente de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, reforzándose el principio de la universalidad de los derechos humanos y recalcando la obligación de los Estados de “acatarlos”.
De esta forma es que las políticas públicas se convierten en una prioridad, pues al surgir como resultado de proyectos gubernamentales internacionales con aplicación en cada país, éstas se vinculan a las distintas actividades administrativas y propuestas gestionadas en los distintos gobiernos, y tratan de satisfacer las necesidades de la sociedad e impactar de manera positiva en las mujeres, como lo son: el combate contra la impunidad, la violación de derechos, la rendición de cuentas y la protección a la dignidad y a sus derechos.
Las políticas públicas, al referirse a una serie de lineamientos que orientan la acción del estado, de instituciones, de la sociedad y la familia, actuadas en el marco constitucional de la protección de las personas, es que se encaminan a la realización de derechos y de la dignidad humana. Constituyen el marco orientador de la acción para cualquier gobernante (Ruiz, 2001) convirtiéndose en materia constitutiva del sistema político, que busca la manera de dar respuestas a las demandas de la sociedad, en esta tarea emplea recursos para aliviar los problemas municipales, locales o nacionales. Aguilar (2000) precisa que las políticas públicas permiten tomar decisiones del gobierno para incorporar la opinión, la participación, la corresponsabilidad y el dinero de los privados, en su calidad de ciudadanos electores y contribuyentes, pero sólo después de analizar los problemas, los delitos más recurrentes y su impacto en los sectores específicos de la población (García, 2017), se pueden integrar en la agenda de políticas públicas de los gobiernos para que los legisladores y funcionarios tomen las decisiones pertinentes (Lindblom, 1991).
De manera particular, el Estado Mexicano se ha sumado a los planteamientos establecidos en distintas Convenciones, Leyes, Informes y Tratados, por ejemplo, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW por sus siglas en inglés, que se llevó a cabo en 1981; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém Do Pará); el Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y los Objetivos del Desarrollo del Milenio (ODM). Además, se ha vinculado con las Legislaciones Federales tales como la Ley General de Acceso a las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Salud, la Ley General de Víctimas, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. En conjunto, se responde a las políticas públicas que intentan seguir y guiarse de normas ya establecidas, para poder consolidar el respeto a los derechos humanos y lograr prevenir, atender, sancionar o erradicar cualquier forma de violencia contra la mujer.
En México existen leyes federales y ordenamientos para cada entidad federativa que operan desde el año 2000 y que, en su momento, pusieron en marcha las primeras políticas para prevenir la violencia hacia la mujer al crear organismos como el Instituto Nacional de las Mujeres (INM), y sus representantes en las entidades federativas, como por ejemplo, en el Estados de Veracruz, el Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), quien se hace cargo de la implementación del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género como parte del cumplimiento de las políticas públicas. Su objetivo es evitar la marginación, la exclusión y la violencia hacia las mujeres en todos los ámbitos de la vida cotidiana (García, 2017).
Las políticas públicas tienen como soporte lo legal —es decir que se apegan a la justicia conforme a Derecho— normas y criterios jurídicos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que orientan las acciones con el fin de crear los mecanismos que no trasgredan los derechos humanos de las personas. Dichas políticas tienen que ver con el acceso de las personas a bienes y servicios (Buvinic, Morrison y Shifter, 1999).
Si nos posicionamos desde la perspectiva de los derechos humanos, la violencia hacia las mujeres es la que daña fundamentalmente al tejido social, por lo que el Estado se ha preocupado por dar prioridad al diseño e implementación de políticas encaminadas a atender la violencia contra la mujer en el ámbito global, nacional, local y municipal, inclusive ahora, dentro de la campaña presidencial y con independencia del partido político, se ha acentuado su importancia lo cual es un acierto para el momento y el escenario que varios estados de la República presentan.
Podemos decir que las políticas públicas encaminadas a erradicar la violencia contra la mujer tienen el propósito de impulsar y demandar la garantía de la igualdad sustantiva, el adelanto de las mujeres en los ámbitos de salud, educación, trabajo, política, cultura, economía, producción, así como hacer valer el pleno respeto y libre ejercicio de sus derechos humanos y reconocer su importante papel en esta sociedad.
Si hacemos un breve recorrido de las políticas públicas orientadas hacia la erradicación de la violencia contra las mujeres, en la última parte del siglo XX vemos que de 1980 a la fecha se han sumado los esfuerzos:

    • En 1980 el Consejo Nacional de Población (CONAPO) crea el Programa Nacional de Integración de la Mujer al Desarrollo y, cinco años después, se crea la Comisión Nacional de la Mujer con el fin de coordinar actividades y proyectos de carácter sectorial que estaba encaminada a erradicar la violencia contra la mujer.

    • En el año 1994 surge la Asamblea General de la OEA (Organización de los Estados Americanos) y su Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Belém do Pará, Brasil.

    • En 1995, la IV Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre las mujeres, de Beijing, declara que “la violencia que padecen las mujeres es uno de los grandes obstáculos para conseguir objetivos de igualdad, desarrollo y paz en el mundo”, manifiesta que los derechos humanos son también derechos de las mujeres. En su declaración y plataforma de acción se fijó la necesidad de emprender medidas para frenar todas las formas de violencia contra las mujeres.

    • En el año de 1996 se logra establecer, dentro del Programa Nacional de la Mujer (PRONAM), una Alianza para la Igualdad cuya finalidad era impulsar la formulación, el ordenamiento, la coordinación y el cumplimiento de las acciones encaminadas a ampliar y profundizar la participación de la mujer en el proceso de desarrollo, en igualdad de oportunidades con el hombre (INMUJERES, 2002).

    • Es en 1998 cuando la Secretaría de Gobierno crea la Coordinación General de la Comisión Nacional de la Mujer (CONMUJER), un órgano administrativo desconcentrado responsable de la instrumentación del PRONAM para poder atender a las mujeres.

    • En 1999, las Naciones Unidas declaran al 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres. Momento en que los Estados, las organizaciones internacionales y diferentes colectivos feministas unen esfuerzos para erradicarla. En el mismo año se crea el Programa Nacional contra la Violencia Intrafamiliar (PRONAVI) para el periodo 1999-2000. Fue un programa impulsado por la Comisión Nacional de la Mujer que se constituyó como una línea de acción prioritaria dentro del Plan Nacional de Igualdad de oportunidades en México.

    • Durante el periodo 2001-2006, con la creación del Instituto Nacional de Mujeres (INMUJERES), organismo desconcentrado de la Administración Pública Federal, se dieron avances valiosos para fomentar la cultura de la no violencia, de la no discriminación y la equidad de género, generando condiciones que propiciaran una vida sin violencia para todas las mujeres. El objetivo se centró en “promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país”.

Es de esta forma que las políticas desarrolladas con el fin de erradicar las múltiples formas de la desigualdad contra las mujeres en México toman un mayor peso e importancia en nuestro país; en la actualidad se logra apreciar que las reformas legislativas derivan de las iniciativas internacionales y de las luchas por los derechos humanos y por la erradicación de la violencia hacia la mujer, lo cual es un gran acierto, tardío, pero necesario.
En el ámbito federal se promulgaron leyes con la finalidad de prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra la mujer; en el orden estatal existen cuerpos normativos para prevenir y sancionar la violencia familiar, códigos civiles que establecen la violencia como una causal de divorcio, y códigos penales que normalizan la violencia familiar y el feminicidio, la violación entre cónyuges y el hostigamiento sexual. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación tiene como objeto prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, y obliga al estado a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de oportunidades y de trato entre las personas sean reales y efectivas. Dicha ley define a la discriminación como toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas (LFPED, 2003). Por su parte la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (2006), “regula y garantiza la igualdad entre mujeres y hombres, y propone los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres” (ONU, 1994). Siendo así, el principal instrumento de la política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres, apoyado en el Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y en el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
El 8 de marzo del 2007, el Presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó el Acuerdo Nacional para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, cuyo objetivo específico era establecer el compromiso de las instancias que integran los diferentes ámbitos y órdenes de gobierno, así como el de las entidades públicas y privadas, para dar cumplimiento con lo señalado en la Constitución, en los convenios y tratados internacionales ratificados por México en la materia, en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres a una Vida Libre de Violencia y, finalmente, en lo establecido por la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Dicho acuerdo significó el primer paso de una política de estado en materia de igualdad.
La Ley General para la Igualdad entre Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el año 2007 en el Diario Oficial de la Federación, establece que tanto la federación como las entidades federativas y los municipios se deberán coordinar para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y, en sus respectivos ámbitos de competencia, expedirán las normas legales, además de tomar las medidas presupuestales y administrativas correspondientes. Asimismo, incluye diferentes instancias de gobierno y de la sociedad civil, para trabajar de manera conjunta en defensa de los derechos de las mujeres. La misma Ley define a la violencia contra las mujeres como cualquier acción u omisión basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público. Es importante mencionar que ésta contempla definiciones de violencia que incluso no habían sido consideradas por las Convenciones Internacionales en materia de Derechos Humanos de las mujeres, específicamente la violencia económica y patrimonial. Del mismo modo, se destaca la regulación de diferentes modalidades de violencia: la familiar, la laboral, la docente, en la comunidad, en el ámbito institucional, e incluso, la violencia feminicida. La trascendencia de esta Ley radica en que es un marco jurídico que previene la violencia, garantiza los derechos de las víctimas y establece medidas para el diseño de programas reeducativos para los agresores.
Este ordenamiento jurídico sentó las bases para la creación del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (instalado en sesión extraordinaria el 11 de mayo de 2007) y el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; mientras que el Ejecutivo Federal propuso, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, asignar una partida presupuestaria para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Sistema y del Programa.
Otras formas que contribuyen a erradicar la violencia contra las mujeres dentro de la familia, según lo decreta la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consisten en tipificar el delito de violencia familiar, establecer la violencia familiar como causal de divorcio, de pérdida de la patria potestad y de restricción para el régimen de visitas, entre otros aspectos.
Según la Normatividad Mexicana, es la Secretaría de Salud la responsable de atender la recomendación de la OMS y de reconocer la violencia familiar como un problema de salud pública, motivo por el cual, el 8 de marzo de 2000 se publicó en el DOF la NOM-190-SSA-1999, Prestación de los servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar. La finalidad de esta norma es contribuir a la prevención y atención de la violencia familiar, y obliga al personal de salud, tanto médicos como enfermeras y trabajadores sociales, a brindar una atención de calidad y a identificar los rasgos, indicios y situaciones de violencia familiar. Adicionalmente, vincula el sector salud con el de justicia al incluir un apartado para que se notifiquen los casos a las autoridades encargadas de la impartición de justicia y de la equidad de género (García, 2002).
En la mayor parte de los estados de la República Mexicana se fundaron Institutos de la Mujer (INMUJERES) que han colaborado paralelamente en la institucionalización de la perspectiva de género en todo el país. También se desarrolló, en conjunto con la Secretaría de Salud, el Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género durante el periodo 2007-2012, cuyo objetivo fue: “reducir la prevalencia y severidad de los daños a la salud causados por la violencia contra las mujeres, con particular énfasis entre aquellas que se encuentran en situación de mayor riesgo o vulnerabilidad” (Secretaría de Salud, 2007); y se inauguró el programa rector de la política de Estado en materia de igualdad, es decir, el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que engloba las acciones de la Administración Pública Federal en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, ), a partir del periodo 2009-2012 (PROIGUALDAD, 2009-2012, PND, 2007-2012).
El Fondo Proequidad, a cargo del INMUJERES, tiene como propósito erradicar toda forma de discriminación hacia las mujeres, así como procurar la igualdad de condiciones y de trato entre los géneros. El Instituto, en coordinación con las organizaciones de la sociedad civil y ante el desafío de diseñar e instrumentar políticas públicas en las que participen las instancias gubernamentales y civiles, busca favorecer el desarrollo de diversos proyectos con el fin de mejorar las condiciones de vida de la población femenina.
El Programa de Adopción del Modelo de Equidad de Género (MEG, 2003) es una estrategia que proporciona una herramienta dirigida para que empresas privadas, instituciones públicas y organismos sociales revisen sus políticas y prácticas internas, para que reorganicen y definan mecanismos que incorporen una perspectiva de género e instrumenten acciones positivas para mujeres y hombres en sus espacios de trabajo. Su objetivo es desarrollar, fomentar e impulsar la equidad de género en las organizaciones y contribuir al desarrollo de la sociedad con la cual interactúan. Es un sistema de gestión voluntario y certificable, el cual fue diseñado para aplicarse en todo tipo de organizaciones.
En lo que respecta al Programa de Acción Mujer y Salud (PROMSA), este ha tratado de implementar una reforma a las políticas dirigidas a la atención de las mujeres; de igual forma, ha incorporado el reconocimiento de las inequidades y las desigualdades de género en los ámbitos social y cultural que se dan en las actuales condiciones de dependencia, subordinación, exclusión, discriminación y violencia, entre en las relaciones de mujeres y hombres en las esferas familiar, social e institucional.
Por su parte, el Consorcio Nacional de Mujer y Salud en el logro de sus objetivos ha requerido de una colaboración transversal de todas las instituciones del sector salud, de las instituciones académicas del sector privado y, de manera central, de la sociedad civil organizada. Actualmente cuenta con diversos grupos de trabajo, entre ellos, el responsable del seguimiento al Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres.
También se cuenta con el Centro Nacional de Equidad y Género que es el órgano rector y desconcentrado de la Secretaría de Salud que contribuye a mejorar la salud de la población, a través de la incorporación de la perspectiva de género en programas y acciones del sector salud, así como de la salud sexual y reproductiva, con pleno respeto a los derechos humanos.
De manera conjunta, todas las políticas públicas enunciadas han ejercido sus esfuerzos por erradicar la violencia contra la mujer; sin embargo, a la fecha, su operación sigue siendo tema de debate y de investigación pues no han logrado el impacto que se esperaba en nuestro país, ya que se siguen registrando muchas formas de violencia contra las mujeres, como se reporta en los estados de México, Jalisco, Aguascalientes, Nuevo León y el Distrito Federal. Las cifras registradas señalan que cada vez existe una mayor incidencia de mujeres violentadas sexualmente, destacando la capital la entidad con peor historial de 59.7 por ciento. Mientras que en los estados de Hidalgo, Oaxaca, Zacatecas y Chiapas la tasa de violencia contra las mujeres es inferior al 25 por ciento (ENDIREH, 2007).
Particularmente, el Estado de Veracruz fue declarado con la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres y Niñas el 23 de noviembre de 2016[6], como resultado de las alarmantes cifras de violencia feminicida desencadenada en los municipios de Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Las Choapas, Martínez de la Torre, Minatitlán, Orizaba, Poza Rica, Tuxpan, Veracruz y Xalapa; destacándose el periodo de 2000 a 2015, en cual se registraron 1 214 homicidios dolosos de mujeres y niñas, 161 feminicidios, 30 898 casos de violencia familiar, 27 221 casos de violencia sexual, 1 679 personas desaparecidas, 78 casos de lenocinio y trata de personas. Un escenario catastrófico que orienta a poner medidas de acción para la disminución de cualquier tipo de violencia hacia las mujeres. Sin embargo, estos datos no excluyen que se reporte también los homicidios de los hombres, evidenciando con ello una carencia de la transversalidad de género y una violación a los derechos humanos como un problema generalizado tanto para los hombres como para las mujeres.
Hoy podemos decir que, a pesar de los esfuerzos incansables por parte de las organizaciones nacionales e internacionales y de la implementación de políticas públicas orientadas hacia la erradicación de la violencia contra las mujeres, se requiere de mayores esfuerzos para lograr un mayor reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres; asimismo, es necesario un cambio cultural y de prácticas culturales que esté orientado a respetar a toda persona en todas las etapas de su vida y sin importar su afinidad sexogenérica, ya que por el hecho de ser humanos, todos en conjunto, merecemos respeto y una vida libre de violencia y discriminación. Y todos tenemos el derecho de hacerlo valer en los distintos contextos, lugares y espacios de la sociedad.
Tras esta revisión documental, consideramos que los Tratados Internacionales que forman parte del orden jurídico nacional deben ser tomados en cuenta por las autoridades de todos los niveles y que, además, se deben e respetar las disposiciones que emanan de ellos y poner en alto los preceptos del artículo 133 Constitucional.
Por otra parte, desde el escenario académico-universitario, observamos un incremento en el número de investigadores, profesores, estudiantes y tesistas de los Programas de Posgrado a nivel nacional que se acercan a estudiar, reflexionar y debatir temas centrados en la violencia de género. Esto da cuenta de que se está creando una mayor conciencia sobre lo que acontece en nuestra realidad, y que estamos incursionando en un ambiente cultural más alerta ante la violencia de género y en el que se busca erradicar la violencia contra las mujeres.
Universidades mexicanas como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), la Universidad de Tlaxcala, el Colegio de México, la Universidad de Baja California y nuestra Universidad Veracruzana, son un ejemplo de cómo las Instituciones Públicas de Educación Superior se han preocupado por hacer valer los derechos fundamentales de las mujeres, y también los de los hombres, ya que contribuyen haciendo investigaciones y formando a los jóvenes universitarios bajo un pensamiento crítico y reflexivo, relacionado con la implementación de políticas públicas orientadas a la erradicación de la violencia contra las mujeres. Particularmente, en México, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) otorga diversos fondos y apoyos para desarrollar investigación centrada en temas como la violencia de género, lo que muestra su interés por generar igualdad y equidad entre hombres y mujeres que integran la sociedad.; a esta tarea, pero a nivel Latinoamérica, se suma la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO).
Hoy podemos decir que desde el escenario universitario, y desde cada aula, se contribuye a la formación de los jóvenes en un marco de respeto a los derechos humanos y bajo la perspectiva de género; desde las aulas universitarias se trabaja para que, en conjunto, la comunidad se sume a la cultura de la paz y de la buena convivencia; se lucha por erradicar cualquier forma de violencia y se busca hacer valer las garantías de los derechos humanos, vigilando constantemente el cumplimiento de las políticas públicas orientadas hacia la erradicación de la violencia contra las mujeres.
Asimismo, se trata de que juntos reflexionemos en la posibilidad de poder cambiar nuestras prácticas y de orientarlas a la suma de esfuerzos para generar una mayor conciencia y cuidado de nosotros mismos y de las personas que nos rodean. Deseamos que las garantías individuales consagradas en la Constitución General de la República sean una realidad y que reconozcamos su importancia, ya que, según la Declaración Universal de Derechos Humanos “toda persona tiene derechos y libertades en plena igualdad sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”, por lo tanto, el impacto de las políticas públicas a favor de los derechos humanos de las mujeres de nuestro país deben ser efectivas.

REFERENCIAS

→ Aguilar, L. (Ed.). (2000). El estudio de las políticas. México: Miguel Ángel Porrúa, p. 36.
→ Bodelón E. (2013). Violencia de género y las respuestas de los sistemas penales. Buenos Aires: Ediciones Didot.
→ Buvinic, M., Morrison, M., y Shifter, M. (1999). La violencia en las Américas: marco de acción. En Morrison, A. y – → Biehl, M. (Eds.), El costo del silencio: violencia doméstica en las Américas. . Washington, D.C: Banco Interamericano de Desarrollo.
→ De Filippis, C. (2004). Violencia en la Institución Educativa. Una realidad cotidiana. Buenos Aires: Espacio Editorial.
→ Facio, A. (1999). Género y Derecho. Santiago de Chile: Ediciones LOW/La Morada.
→ García, M.C. (2002). La violencia contra la mujer: un problema de equidad de género. En Ramos, S. y Gutiérrez, M. A. (Eds.), Nuevos desafíos de la responsabilidad política. Violencia sobre la mujer, VIH/SIDA, embarazo no deseado (pp. 123-156). Buenos Aires: Flacso,
→ García, R. (2017). La importancia de diseñar políticas públicas para la prevención, sanción y erradicación de la violencia hacia la mujer en el estado de Oaxaca. Revistas UAM, marzo (05), 33-42.
→ Incháustegui, T. (1999). La institucionalización del enfoque de género en las políticas públicas: Apuntes en torno a sus alcances y restricciones. La Ventana (10), 84-100.
→ Lindblom, E. (1991). El proceso de elaboración de las políticas públicas. Madrid: Ministerio para las Administraciones Públicas, p. 10.
→ Sánchez, E. (2001). Los derechos Humanos en la Constitución y en los Tratados Internacionales. México: Miguel Ángel Porrúa.
→ Saucedo, I. (2011). La Violencia contra las mujeres en México ¿Qué debemos conocer sobre este tema? México: Universidad Autónoma de México.
→ Ruiz, E. (2001). Conciliación y Violencia Intrafamiliar. En CONPES, Haz paz: política nacional para la construcción de paz y convivencia familiar. Bogotá: Departamento Nacional de Planeación.

 

Referencias electrónicas:

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Consorcio Nacional Mujer y Salud. Recuperado de: http://www.inmegen.gob.mx/noticias/?p=2557
Diario Oficial de la Federación. (2009). Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Recuperado de: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5092144&fecha=01/06/2009
Instituto Nacional de Mujeres (2001). Recuperado de: https://www.gob.mx/inmujeres/#acciones
Leyes Federales de México (AÑO). Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm
ONU. (1994).
Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Recuperado de: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ViolenceAgainstWomen.aspx http://www.docsalud.com/articulo/1525/el-entorno-familiar-espacio-habitual-de-maltrato-contra-la-mujer
http://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/facts-and-figures
https://www.iexe.edu.mx/blog/que-son-las-politicas-publicas.html
http://www.ohchr.org/Documents/Events/OHCHR20/VDPA_booklet_Spanish.pdf

[1] http://www.docsalud.com/articulo/1525/el-entorno-familiar-espacio-habitual-de-maltrato-contra-la-mujer

[2] http://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/facts-and-figures

[3] https://www.iexe.edu.mx/blog/que-son-las-politicas-publicas.html

[4] https://es.wikipedia.org/wiki/Conferencia_Mundial_de_Derechos_Humanos

[5] http://www.ohchr.org/Documents/Events/OHCHR20/VDPA_booklet_Spanish.pdf

[6] Disponible en: http://www.veracruz.gob.mx/alerta-de-violencia-de-genero-contra-las-mujeres/

*Denisse Aramburo Guerra
denisse_871402@hotmail.com
Estudiante de la Maestría en Administración Pública de la Universidad Autónoma de Baja California. Facultad de Ciencias Sociales y Políticas. Becaria del Centro de Estudios de Género de la Universidad Veracruzana (CEGUV) año 2017.

**Dra. Jeysira Jacqueline Dorantes Carrión
jeysira@hotmail.com
Doctora en Pedagogía por la Universidad Nacional Autónoma de México.
Investigador de Tiempo Completo Titular C de la Universidad Veracruzana.
Docente del Programa de Posgrado: Especialización en Estudios de opinión (PNPC-CONACYT). Maestría en Antropología, y Maestría en Estudios de Género de la universidad Veracruzana, Facultad de Pedagogía SEA-UV.
Miembro de la Red Nacional en Investigaciones en Representaciones Sociales (RENIRS-CEMERS/México).

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