POLÍTICAS
GENERALES
- La baja de bienes en desuso que afecten el patrimonio de la Universidad Veracruzana únicamente podrá efectuarse, por acuerdo del C. Rector a propuesta del Secretario de Administración y Finanzas, una vez que el bien ha sido dictaminado para baja, con fundamento en el artículo 15 de la Ley orgánica.
PARTICULARES
- Las Entidades Académicas y Dependencias deberán solicitar a las Vicerrectorías a través del reporte: solicitud de movimientos de activo fijo (FWRSMAF) las bajas de su inventario de los bienes en desuso.
- El Departamento de Control de Inventarios solicita a través de la Secretaria de Administración y Finanzas, la autorización del C. Rector, la Donación y Venta del mobiliario y equipo que resulte obsoleto, inservible incosteable su mantenimiento, coordinándose para estas actividades con la oficina del Abogado General y con la supervisión de la Contraloría General.