- Anual, Por Cambio de Titular (LFICT) y Revisión Periódica de Bienes (RPB)
POLITICAS
Descripción | Políticas | Diagrama | Formatos | Documentos de Consulta | Calendarios | Atención a usuarios | Preguntas Frecuentes |
Generales
- Las Entidades Académicas y Dependencias deberán preparar la documentación requerida para el proceso de entrega-recepción con fundamento en el artículo 266 fracción XVIII del Estatuto General, cuando se de cambio de titular.
Particulares
- Las Entidades Académicas y Dependencias deberán realizar el Levantamiento Físico del Inventario de manera anual de los bienes de activo fijo asignados a ellas, sujetándose a lo establecido en la circular correspondiente.
- El LFI anual deberá incluir la verificación de la totalidad de los bienes de activo fijo (del presente ejercicio y de años anteriores), asignados a la Entidad Académica y/o Dependencia.
- Las entidades académicas y dependencias, para mayor eficiencia en el LFI, deberá adherir a los bienes su correspondiente etiqueta de código de barras, o en su caso reetiquetar por daño de la misma, contar y actualizar con los resguardos y pases de salida, y gestionar las bajas de los bienes obsoletos e inservibles.