Universidad Veracruzana

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Colegio de Maestros

El Consejero Maestro tendrá los derechos, obligaciones y facultades que establezca en cada caso la legislación vigente de la Universidad Veracruzana. Además de lo ahí estipulado, esta figura se regirá por los siguientes lineamientos:

  1. El  Director de la Facultad,  dos semanas antes de la celebración de la reunión en que se escoja al  Consejero Maestro, hará saber a cada uno de los miembros del Colegio de Maestros a través de un oficio la fecha en que se procederá a la elección,  así como los requisitos de elegibilidad para este puesto.
  2. A partir de ese momento, y hasta 48 horas antes de la reunión, podrán presentarse candidaturas al mismo.
  3. Al comienzo de la reunión, el Secretario Académico establecerá si hay quórum legal para comenzar la reunión e indicará el nombre de los candidatos a Consejero Maestro.
  4. De manera secreta, los miembros del Colegio de Maestros optarán por uno de los candidatos. Quedará elegido el que cuente con mayoría. En caso de empate, se procederá a una nueva ronda de votación secreta, en la que se escogerá entre los candidatos empatados.
  5. El Consejero Maestro suplente será la persona que quede en segundo lugar en la votación.
  6. El Consejero Maestro elegido presentará un informe de sus actividades en la reunión programada para la reunión del Colegio de Maestros del periodo agosto-febrero del año siguiente.

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Última actualización

Fecha: 11 octubre, 2024 Responsable: Facultad de Filosofía - Xalapa Contacto: facfilosofia@uv.mx