Universidad Veracruzana

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Dirección de Asuntos Jurídicos

Estatuto General

Artículo 32. El Director de Asuntos Jurídicos tendrá las atribuciones siguientes:

  • Acordar con el Abogado General, los asuntos de su competencia;
  • Coordinar sus actividades con el Director de Normatividad, los Delegados Jurídicos Regionales y las representaciones jurídicas adscritas a las dependencias administrativas, en el ámbito de su competencia;
  • Examinar las fianzas otorgadas por contratistas y proveedores, para garantizar a la institución el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por aquellos de acuerdo a los contratos celebrados;
  • Orientar sobre trámites migratorios del personal y estudiantes extranjeros que realicen actividades académicas o culturales en la institución, así como representar a éstos ante las autoridades migratorias;
  • Tramitar ante las instancias competentes los asuntos relativos al registro de derechos de autor y de la propiedad industrial resultantes de la actividad de los integrantes de la comunidad universitaria, coadyuvando con las dependencias universitarias responsables de la gestión institucional en esas materias;
  • Coadyuvar con la Contraloría General y los entes fiscalizadores de la Universidad proporcionando la información que requieran para el cumplimiento de su función, así como solventar las observaciones vinculadas a la Dirección que se desprendan de su intervención;
  • Coordinar las actividades de la Comisión de Honor y Justicia del Consejo Universitario General;
  • Elaborar, revisar, registrar, dar seguimiento y controlar los convenios y contratos celebrados por la Universidad Veracruzana, y en su caso, asesorar a las autoridades y funcionarios universitarios en la celebración de convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos en que la Universidad intervenga;
  • Llevar el control de los poderes generales y especiales otorgados como representantes legales de la Universidad Veracruzana y mantenerlo actualizado, así como tramitar ante las instancias competentes la revocación de los poderes notariales, cuando ocurra el término de la gestión de las autoridades o funcionarios; y
  • Las demás que señale la legislación universitaria.

 

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Lomas del Estadio s/n
C.P. 91000
Xalapa, Veracruz, México

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Última actualización

Fecha: 6 mayo, 2024 Responsable: Oficina de la Abogada General Contacto: abogado@uv.mx