Universidad Veracruzana

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colegiados

Integrante Nombre Correo Periodo 
Directora Roesch Ramos Laura lroesch@uv.mx Mayo 2020
Secretaria académica Ledesma Velázquez Maria del Pilar maledesma@uv.mx Agosto 2020
Consejera maestra Mora Sánchez Aura Leonora aumora@uv.mx 23 de octubre 2020 al 22 de octubre 2022
Catedrático Moreno Marín Flora flmoreno@uv.mx 23 de octubre 2020 al 22 de octubre 2022

(Art. 306. Estatuto general)

Catedrático Morales González Yolanda yomorales@uv.mx 23 de octubre 2020 al 22 de octubre 2022

(Art. 306. Estatuto general)

Catedrático Mata Tovar Carlos de Jesús carmata@uv.mx 23 de octubre 2020 al 22 de octubre 2022

(Art. 306. Estatuto general)

Consejera Alumna Guzmán Cruz Karla Alejandra zS16000763@estudiantes.uv.m

 

10 de noviembre 2020 al 10 de noviembre 2021

(Art. 146. Estatuto de alumnos 2008)

 

Con fundamento en el artículo del 75 de la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana, los Consejos Técnicos son organismos de planeación, decisión y consulta, para los asuntos académicos y escolares de las Facultades o Institutos.

Su integración de acuerdo con el Artículo 76 será por,  I. El Director de la Facultad; II. El Secretario de la Facultad; III. El Consejero Maestro; IV. En las Facultades tres catedráticos de Licenciatura o Posgrado designados por la Junta Académica; VI. El Consejero alumno.

ARTICULO 77.- Los Consejos Técnicos serán convocados y presididos por el Director de la Facultad o Instituto.

ARTICULO 78.- Los consejos Técnicos tienen competencia para:

I. Estudiar y opinar sobre los planes de estudio, o de investigación y las líneas prioritarias institucionales de investigación que les presente el Director, los catedráticos, investigadores o los alumnos;

II. Presentar propuestas a la Junta Académica sobre planes, programas, métodos de enseñanza y otras actividades académicas;

III. Proponer reformas al reglamento de la Facultad, Instituto o Carrera tratándose del Sistema de Enseñanza Abierta, sometiéndolas a la consideración de la Junta Académica por conducto del Director;

IV. Proponer al Director las actividades y medidas tendientes al logro de la excelencia académica;

V. Aprobar los proyectos de investigación que satisfagan las línea prioritarias de la institución y los requisitos de estructura y presentación definidos por la Dirección General;

VI. Aprobar los proyectos de investigación compartida a que se refieren los artículos 96 y 97 del capítulo correspondiente al personal académico de esta misma ley:

VII. Nombrar comisiones dictaminadoras o jurados para la selección y promoción del personal académico, en los concursos de oposición:

VIII. Resolver acerca de las solicitudes de condonación de derechos arancelarios y otorgamiento de becas, en los términos del presupuesto y reglamento respectivos;

IX. Opinar sobre revalidación y reconocimiento de estudios;

X. Dictaminar sobre la correcta aplicación de las disposiciones reglamentarias de escolaridad, en los casos particulares de los alumnos de la Facultad o Instituto;

XI. Opinar sobre el otorgamiento de la Beca a la Carrera Docente y otros estímulos para los académicos;

XII. Presentar al Director de la Facultad o Instituto las candidaturas de becarios para los programas de formación de profesores o investigadores;

XIII. Resolver sobre la procedencia de exámenes extemporáneos y revisión de exámenes en términos de la legislación aplicable; y

XIV. Las demás que se señalen en la Legislación Universitaria

 

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