Año 5• No. 171 • marzo 7 de 2005. Xalapa • Veracruz • México
Publicación Semanal


 Páginas Centrales

 Información General


 Ex Libris

 Investigación

 Estudiantes

 Arte Universitario

 Foro Académico

 Halcones al Vuelo

 
Contraportada


 Números Anteriores


 Créditos

 
Aseveró Rafael Velasco Fernández:
Fuera de toda duda, la autonomía
de la Junta de Gobierno de la UV
Juan Carlos Plata

Velasco Fernández afirmó que la Junta de Gobierno ha cumplido, en estricto apego a las leyes de autonomía y orgánica.
La autonomía de la Junta de Gobierno de la uv está fuera de toda duda, toda vez que el nivel de los nueve académicos que forman parte de ella no deja lugar a que obedezcan una línea o reciban alguna presión para tomar sus decisiones, aseguró Rafael Velasco Fernández, ex integrante de ese órgano universitario.

El ex rector de la UV hizo algunas precisiones sobre el proceso para la designación del rector. Aseguró que no se tiene que formar una terna, pues se pueden presentar todos los aspirantes que la comunidad universitaria proponga, cuyos merecimientos son evaluados por la Junta de Gobierno.

Contrario a lo que se ha manejado, dijo, el rector sustituto no tiene ningún impedimento para participar como candidato para ocupar la rectoría para un periodo regular de cuatro años, y aclaró que Raúl Arias Lovillo no es rector interino –pues la Ley deja ese calificativo a quien deba actuar en las ausencias temporales del rector– sino sustituto.

Dijo que durante su participación, ese órgano de gobierno nunca entró en polémicas inútiles ni respondió a ataques hasta de índole personal y destacó que los poderes del estado de Veracruz no ejercieron presión alguna sobre los miembros de la Junta, ni directa ni indirectamente.

Hizo hincapié en que el artículo 27 del reglamento interno de la Junta señala con claridad que no se deben admitir presiones de ningún tipo, provengan de donde provengan, y dijo que para que los miembros de la Junta actúen con la debida libertad en las delicadas funciones que las leyes les asignan, es indispensable contar con la confianza de la comunidad universitaria que los ha designado a través del Consejo Universitario General.

Velasco Fernández afirmó que la Junta de Gobierno (JG) “ha cumplido, en estricto apego a las leyes de autonomía y orgánica, con todas las obligaciones que estos ordenamientos establecen. Los miembros de la Junta realizamos además una tarea no escrita: asimilar, sin entrar en polémicas inútiles, expresiones adversas y hasta ataques personales. No es fácil abstenerse de hacer una defensa pública ante rumores creados de mala fe”.

Este año designará nuevo rector
De acuerdo con la Ley de Autonomía, la JG deberá designar este año a un Rector cuyas funciones se iniciarán el primer día hábil del mes de septiembre próximo. “La Junta deberá haberlo dado a conocer por lo menos ocho días hábiles antes de esa fecha. Para llegar a la designación, previamente se establecerá un procedimiento de auscultación que se inicia en junio o julio con la convocatoria en la que se señalan las reglas a seguir establecidas por la propia Junta”.

De los requisitos que deberán cumplir los aspirantes, dijo que además de los establecidos en la Ley, “la Junta tiene en cuenta otros elementos: capacidad de liderazgo, conocimiento de la universidad y de la situación de la educación superior en el país, representatividad y presencia académica de quienes lo proponen, etcétera. Todos estos asuntos pueden conocerse en detalle en el reglamento interior que la Junta desde el principio publicó y que está en los sitios propios de Internet”.

Sobre el caso particular del actual rector, dijo que Raúl Arias Lovillo fue designado por la Junta como la Ley de Autonomía lo establece, para ser rector sustituto y terminar el mandato hasta agosto de este año en virtud de la renuncia de Víctor Arredondo.

“No es interino como en algunos medios se ha expresado, porque la Ley deja este nombre para quienes deban actuar en las ausencias temporales del rector y en otros casos. Por supuesto, no hay nada en la ley que impida a un rector sustituto participar como candidato a ocupar la rectoría por el período regular de cuatro años señalados en la Ley. He escuchado interpretaciones equivocadas de la ley, por eso lo aclaro”.