| De
acuerdo con el orden de insaculación instaurado por el Consejo
Universitario General de la Universidad Veracruzana, al conformarse
la Junta de Gobierno, en 1997; en 2005 habrá de realizarse
la sustitución de dos de sus integrantes, a saber, el maestro
Carlos Pallán Figueroa y el doctor Rafael Velasco Fernández.
En atención
a la sugerencia del Honorable Consejo Universitario General, en
el sentido de ampliar la auscultación hacia la comunidad
académica en el proceso de sustitución de miembros
de la Junta de Gobierno,
SE
INVITA A LOS CONSEJOS REGIONALES, A LOS CONSEJOS TÉCNICOS
Y A LAS JUNTAS ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD VERACRUZANA
a participar
en el proceso de integración de dos ternas, una interna y
otra externa, que habrán de someterse a la consideración
del Consejo Universitario General.
Se podrá
participar a través de la formulación de propuestas
compuestas por académicos con reconocimiento nacional, que
residan en el estado de Veracruz, sólo en el caso de ser
candidato interno, en apego al espíritu de conformación
original de la Junta de Gobierno.
Los requisitos
para fungir como miembro de la Junta de Gobierno son (Ley de Autonomía,
artículo sexto):
I.
Ser ciudadano mexicano;
II. Ser persona honorable y de reconocido prestigio;
III. Ser miembro destacado de la comunidad académica
estatal o nacional;
IV. Haberse distinguido en su especialidad;
V. No desempeñar cargos de dirección
gubernamental ni de elección popular;
VI. No ser ministro de ningún culto religioso;
VII. No ser dirigente de partido político
alguno, y
VIII. No haber ocupado puestos directivos en la
Universidad en los tres años anteriores. El cargo de miembro
de la Junta será honorífico. En ningún caso
habrá la posibilidad de reelección.
Las propuestas
deberán hacerse llegar al correo juntagob@uv.mx, a partir
de esta fecha y hasta el miércoles 9 de febrero, hasta las
14:00 horas. Cada propuesta deberá ir acompañada por
currículo breve y ampliado, así como por la aceptación
expresa a participar en el proceso de integración de ternas.
De conformidad
con lo establecido en la legislación universitaria (Ley de
Autonomía, artículo cuarto, fracción sexta)
será la Junta de Gobierno quien formule las dos ternas que
someterá a la consideración del Consejo Universitario
General, y éste realizará las designaciones correspondientes.
A
t e n t a m e n t e
«Lis de Veracruz: Arte, ciencia, luz»
Xalapa, Ver., 24 de enero, 2005
C.P.
MIGUEL ÁLVAREZ DE ASCO
PRESIDENTE EN TURNO |