Universidad Veracruzana

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Protocolo

Identificación del Tipo de Procedimiento

De tu misma entidad académica


Se Observara lo establecido para faltas graves y no graves del artículo 174 del Estatuto de los Alumnos 208

De diferente entidad académica


Conocerá la Comisión de Honor y Justicia, atendiendo lo establecido en el art. 176 del Estatuto de los Alumnos 2008

Es Falta grave


Se turnará inmediatamente a la Dirección de RRHH, y se atenderá a lo establecido en la clausula 30 del contrato colectivo de trabajo del personal Académico de la UV

Es Falta NO grave


Se aplicará el procedimiento establedico en el art. 203 del Estatuto del Personal Académico

Es Autoridad o funcionario (a)


Se observará le procedimiento del art. 356 del Estatuto General

Es Director (a) o Secretario (a) de Facultad

Se observará le procedimiento del art. 347 del Estatuto General

Es personal administrativo, técnico o manual

  • Se observará el procedimiento establecido en la Cláusula 19 del contrato colectivo de trabajo del personal administrativo, técnico y manual de la UV
  • La persona señalada personal eventual o de confianza con funciones de mando o maneja recursos financieros o humanos
  • Sí la persona señalada personal eventual o de confianza sin funciones de mando o sin manejar recursos financieros o humanos deberaá conocer su superior jerarquido inmediato y se observará lo establecido en el art. 104 de la Ley Orgánica 

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