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Ley de Voluntad Anticipada promueve reglamentación de cuidados paliativos

  • No se debe confundir con eutanasia activa, pasiva o directa, porque está penado 
  • Ya está aprobada en la Ciudad de México y el estado de Veracruz, pero hace falta difusión 

María del Pilar Jiménez Romero, académica del SEA-UV

José Luis Couttolenc Soto 

06/10/2019, Xalapa, Ver.- María del Pilar Jiménez Romero, docente de la Licenciatura en Derecho en el Sistema de Enseñanza Abierta (SEA) de la Universidad Veracruzana (UV), aseguró que la Ley de Voluntad Anticipada promueve la reglamentación de los cuidados paliativos en los hospitales públicos y privados, pero requiere de la creación de documentos en los que el paciente plasme esa voluntad, y del establecimiento del registro especializado en el que estén asentadas las voluntades anticipadas. 

Al participar en la IV Jornada de Bioética que se llevó a cabo el viernes 27 de septiembre, la ponente explicó que la voluntad anticipada es aplicable cuando el paciente es diagnosticado por su médico tratante con una enfermedad terminal;por ejemplo, le dice que le quedan seis meses de vida” y con el consentimiento informado este paciente busca evitar una vida artificial conectado a una máquina, o que lo estén sometiendo a una obstinación terapéutica (operaciones para evitar la muerte de un paciente en tratamiento paliativo). 

Entre los beneficios de la Ley de Voluntad Anticipada, está que el paciente sea canalizado a un área especial de cuidados paliativos para que pueda tener una muerte digna; “son estas decisiones al final de la vida, que se basan en la autonomía de la persona para que no sufra, y para que no se desgaste económica y emocionalmente a los familiares”, puntualizó. 

Jiménez Romero refirió que existen asociaciones civiles que no están a favor de esta ley por desconocimiento de la misma, dado que suponen que es sinónimo de eutanasia activa, pasiva y/o directa, lo cual es totalmente erróneo porque esta acción sí está penada por la ley ya que significa muerte médicamente asistida, mientras que la voluntad anticipada protege al médico de alguna acción penal en su contra. 

Asimismo, afirmó que “en Veracruz apenas estamos abriendo los ojos con estos temas” y dio a conocer que el primer lugar en donde fue aprobada la ley fue la Ciudad de México, posteriormente en 2018 se aprobó en el estado de Veracruz, pero no ha tenido la suficiente y debida difusión, por lo que la mayoría de las personas la desconocen, así como los propios médicos. 

Por lo anterior, se pronunció porque su difusión sea similar a la de otros temas como la donación de sangre o de órganos, “debemos cambiar esa cultura para que la gente acuda con el notario, hay tiempo pero también hay términos para emitir nuestra voluntad anticipada”, concluyó la conferencista.

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