La Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), establece como principio orientador, el apoyo a las actividades científicas y tecnológicas señalando, como base de una Política de Estado, el incremento de la capacidad científica, tecnológica y la formación de investigadores para resolver problemas nacionales fundamentales, que contribuyan al desarrollo del país.
El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) de conformidad con lo dispuesto en las atribuciones que le confiere la Ley de Ciencia y Tecnología y su Ley Orgánica, y con fundamento en lo dispuesto en los Lineamientos del Programa de Apoyos para actividades Científicas, Tecnológicas y de Innovación vigentes, prevé diversas acciones y programas, que atienden entre otros, el fortalecimiento, consolidación y renovación de la infraestructura para el desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de innovación.
En congruencia con lo anterior, el Conacyt alinea sus acciones para fortalecer la infraestructura científica y tecnológica así como en apoyar el incremento, fortalecimiento y utilización eficiente de la infraestructura de CTI del país, a través del a) mantenimiento de la infraestructura de las instituciones y centros de investigación del país; b) la construcción de un sistema nacional de información de infraestructura científica y tecnológica; y c) el apoyo para equipamiento de los laboratorios de investigación del país en las prioridades del sector de CTI.
Con ello, el Conacyt, a través de la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico.