Revista de Investigación Educativa 14
enero-junio, 2012

ISSN 1870-5308, Xalapa, Ver
Instituto de Investigaciones en Educación, Universidad Veracruzana

       
     
Animal Rights: Moral Theory and Practice[1]
       
 

Dr. Jorge Vaca Uribe

Coordinador
Seminario de traducción de textos científicos y literarios del francés al español y su didáctica
Instituto de Investigaciones en Educación, Universidad Veracruzana, México
jvaca@uv.mx

Recibido: 01 de marzo de 2012
Aceptado: 05 de mayo de 2012

 

Rowlands, Mark. 2009. Animal Rights: Moral Theory and Practice. Palgrave Macmillan: Nueva York.

 

Es importante conocer este libro para quien, desde el movimiento ciudadano, participa en la defensa de los animales. También, para quien tiene interés en la educación ambiental, pues el autor da argumentos enriquecedores para replantear la relación entre el hombre, los animales, “el ambiente” o el planeta mismo.

El autor hace un recorrido minucioso por los argumentos esgrimidos por los principales filósofos que han incursionado en pro y en contra de la extensión de consideraciones éticas y morales hacia los animales: ¿con base en qué principios éticos podemos considerar a los animales como sujetos de consideraciones morales y derivar de ahí deberes morales de los humanos para con ellos? Nos presenta en las notas a pie de página, además, una bibliografía básica para incursionar o continuar con el estudio del tema desde esta perspectiva.

Mark Rowlands, filósofo americano contemporáneo, comienza su libro invitándonos a pensar en un escenario del tipo El día de la independencia, donde unos alienígenas dominan la Tierra por ser mucho más inteligentes y tecnológicamente desarrollados... Nos crían, porque nuestra carne les resulta particularmente sabrosa, aunque en realidad no la requieren para subsistir. A partir de ese escenario, se va planteando los argumentos que los humanos podríamos oponer a los alienígenas para hacerles comprender que nosotros, los humanos, somos sujetos de consideraciones morales de parte de ellos. Es obvio que esta situación es equivalente a lo que nosotros, los humanos, hacemos con muchas especies animales.

Es a partir de ese escenario que Rowlands revisará de manera detallada, de capítulo en capítulo, las más importantes teorías morales movilizadas en el campo: el utilitarismo (de Peter Singer), la teoría de los derechos naturales (de Tom Regan), la ética de la virtud (E. Andscome) y los contractualismos hobbesiano y kantiano. Así, Rowlands expone y analiza las principales posturas de los “clásicos” en el campo. Además, realiza pormenorizadas discusiones respecto de los argumentos relativos a la inteligencia, a la “falta de conciencia” y reflexión que siempre se le ha atribuido a los animales, “inferiores al hombre”. Interesantísimas consideraciones en torno al lenguaje, las representaciones, la conciencia y sus supuestas ausencias en los animales son revisadas y criticadas por él para desmontar ese mito de la innegable superioridad humana, mito que ha servido de pretexto milenario para concebir como natural el hecho de que el hombre tenga el derecho de servirse y disponer a su voluntad de los animales y, en general, de la naturaleza y del planeta (hoy que movemos montañas para hacer supermercados o explotar minas).

Si, además, sus consideraciones las enmarcamos en una concepción genuinamente eco-lógica, es decir, en una concepción del planeta como un sistema complejo (no-descomponible) cuya dinámica total influye y es influida por los sub-sistemas que lo componen, tendremos una aproximación a la importancia de difundir de manera urgente la necesidad de desarrollar una ética planetaria de la cual derivar deberes morales necesarios de ser asumidos y puestos en práctica por la especie “superior” y superar así ambientalismos y “sustentabilismos” que podríamos calificar de “tibios” por estar siempre centrados en lo humano, y particularmente en lo económico.

Para dar una idea del “estilo” del autor, compartimos con el lector, para terminar esta reseña, esta breve cita de otro de sus libros, ya traducido al español: El filósofo y el lobo (Rowlands, 2009).

Este libro también trata de lo que significa ser humano… En las historias que contamos sobre nosotros mismos siempre sale a relucir nuestra cualidad de únicos. Para algunos, ésta reside en nuestra capacidad para crear una civilización y, de esa manera, protegernos de la naturaleza, roja en diente y carne. Otros señalan el hecho […] de entender la diferencia entre el bien y el mal […] razonar […] usar el lenguaje […] poseer libre albedrío […] ser capaces de amar […] comprender la naturaleza […] comprender que algún día moriremos. Yo no creo que ninguna de éstas implique la existencia de un abismo crítico entre nosotros y otras criaturas. Algunas de las cosas que pensamos que éstas no pueden hacer sí pueden hacerlas, y algunas de las cosas que pensamos que nosotros podemos hacer no podemos hacerlas […] Si quisiera definir en una frase a los seres humanos, ésta podría valer: son animales que se creen las historias que ellos cuentan sobre sí mismos. (p. 10-11)

Presentamos a continuación la traducción del capítulo 1 del libro porque expresa su contenido global e invita a continuar la lectura.

* * *

Capítulo 1. Los derechos de los animales y las teorías de la moral

La rama filosófica contemporánea de los derechos de los animales o del movimiento de liberación comenzó de hecho en 1975 con el libro de Peter Singer Animal Liberation.[2] En este trabajo y en el subsecuente desarrollo de sus ideas,[3] Singer argumenta que la teoría moral conocida como utilitarismo puede ser usada para justificar y defender los reclamos morales de animales no-humanos. De acuerdo con el utilitarismo, una buena acción moral es la que promueve o produce el mayor monto de placer, felicidad o satisfacción de deseos y Singer argumenta, un poco forzadamente, que esa suposición requiere abandonar prácticas tales como la producción de animales para consumo y la experimentación en animales con propósitos científicos y comerciales. El trabajo de Singer para la liberación de los animales está entonces anclado en su adopción de una teoría moral utilitaria.

En 1983 Tom Regan publicó su importante trabajo The Case for Animal Rights.[4] Al rechazar el utilitarismo de Singer, Regan argumentó que muchos tipos de animales no-humanos tienen derechos morales porque poseen lo que refiere como valor inherente. En virtud de lo anterior, Reagan alegó que estamos moralmente obligados a tratarlos de maneras tales que respeten este valor. Para Regan, como para Singer, esto requiere que abandonemos prácticas tales como la producción de animales, la vivisección y otras similares. Para Regan, el valor inherente es una propiedad objetiva y el hecho de que se posea, para nada depende de que él, ella o eso sea valorado por otros. Que una persona posea valor inherente depende sólo de su naturaleza por ser el tipo de individuo que es. Esto coloca a Regan, al menos en un aspecto importante, en la tradición constituida por la doctrina de los derechos naturales. O, al menos, hace de él un importante heredero intelectual de esta doctrina.

Animal Liberation de Singer y The Case for Animal Rights de Regan son los dos trabajos seminales de la literatura filosófica contemporánea sobre los animales, y deben tomarse en cuenta. Lo anterior, por supuesto, no es negar que haya otras contribuciones importantes. El análisis filosófico del tema moral orientado a los animales no humanos es un campo efervescente y algunas de las contribuciones a este campo han sido excelentes.[5] Sin embargo, creo que en términos de la amplia circulación y del reconocimiento de su trabajo, tanto por filósofos como por no filósofos y tanto por amigos de la liberación animal como por sus enemigos, los trabajos de Singer y Regan han sido los más influyentes. Lo anterior significa que cualquier intento de discutir los reclamos morales de los animales o el tema moral orientado a los animales debe definirse en relación con los trabajos de Singer y Regan. Este libro no es la excepción. Discuto y critico la defensa utilitaria de Singer sobre las reivindicaciones de los animales en el capítulo 3 y la defensa basada en derechos de los animales de Regan en el capítulo 4.

Sin embargo, una argumentación sobre las reivindicaciones morales de los animales únicamente definida en relación con los trabajos de Singer y Regan sería incompleta al menos en dos sentidos. Primero que nada, porque desde la primera edición de este libro en 1998 ha habido un afortunado resurgimiento de la tradición de la ética de la virtud.[6] Entonces, esta segunda edición incorpora un nuevo capítulo, el 5, que desarrolla bases para entender nuestras obligaciones para con los animales.

En segundo lugar, una de las preocupaciones principales de este libro –de ambas ediciones– es proveer de una argumentación contractualista a las reivindicaciones morales de los animales. Para el defensor filosófico de los animales se trata de una tarea importante. El contractualismo es, hablando históricamente, al menos tan importante como el utilitarismo empleado por Singer o la doctrina de los derechos naturales usada con gran efecto por Regan. Sin embargo, si ha de ser segura una defensa filosófica de las reivindicaciones morales de los animales, debe mostrarse que esas reivindicaciones son derivables no sólo de la aproximación utilitarista y no sólo de la aproximación de los derechos naturales como tampoco desde el punto de vista de la ética de la virtud, sino también de la aproximación contractualista. La anterior es la más difícil de las tareas en muchos sentidos: la aproximación contractualista es generalmente considerada hostil a las reivindicaciones de los animales. Esta aproximación ve los derechos y deberes morales de las personas como derivados de los términos de un acuerdo alcanzado por los participantes en una hipotética situación de negociación. Los animales no humanos, que no son racionales, no pueden ser vistos de manera plausible como sujetos de un contrato, en esa situación. Entonces, es ampliamente asumido que los animales no humanos no pueden ser titulares de derechos morales o de privilegios y, de manera conversa, no tenemos deberes hacia ellos.

Esta manera de ver el contractualismo da una base común tanto para los oponentes como para los proponentes del derecho de los animales. Peter Carruthers, un oponente, ha desarrollado forzadamente este argumento en su libro The Animal Issue.[7] Carruthers acepta que el contractualismo provee las bases más adecuadas para una teoría moral y esto provee el marco para su argumento contra los no humanos. Porque los animales no son agentes racionales del tipo que puede ser visto de manera plausible como firmante de un contrato, carecen de estatus moral. Por otro lado, Tom Regan, quizá el más firme defensor del concepto de los derechos de los animales, y ciertamente uno de sus más importantes padres intelectuales, ha atacado las teorías morales contractualistas precisamente en este terreno.[8] Regan, también, cree que el contractualismo es incompatible con la atribución de derechos morales a los animales no humanos.

La visión de que el contractualismo es incompatible con los derechos de los animales es tan tenaz como está expandida. En este libro, sin embargo, argumentaré que esta visión es simplemente falsa. En primer lugar, las teorías morales contractuales son ciertamente compatibles con la posesión de derechos morales de animales no humanos y de humanos no racionales. En segundo lugar, el contractualismo propiamente entendido provee (quizá) las bases teóricas más satisfactorias para la atribución de los derechos morales a los no humanos y a los individuos no racionales. Lejos de ser el talón de Aquiles de los amigos de los derechos de los animales, el contractualismo de hecho es posiblemente su mejor aliado.

Digo que se asume generalmente que las aproximaciones contractualistas son opuestas a los reclamos morales de los animales. Quisiera poder decir que a partir de la primera edición de este libro y también a partir de un trabajo con orientación práctica derivado de ése,[9] no han sido tan ampliamente asumidas como enemigas de estos reclamos como lo fueron alguna vez. Pero no estoy realmente seguro de eso. Sin embargo, estoy seguro de que mi defensa contractual original de los reclamos morales de los animales ha engendrado algunos malentendidos y refutaciones superficiales. Estos malentendidos y respuestas parecen derivarse de no distinguir correctamente dos formas muy diferentes de la teoría contractual.

Por un lado, existe la forma del contractualismo que se deriva de manera muy directa de Hobbes. Tal forma enfatiza los beneficios en términos de protección de la vida, de los individuos y de la propiedad estipulados en el contrato. Podríamos referir lo anterior como el contractualismo hobbesiano e interpretado de esa manera, el contrato es en esencia un instrumento de prudencia, cuyo propósito consiste en la seguridad que provee.[10] Debería ser claro que esta óptica tiende a tener tiempos difíciles, considerando los compromisos morales hacia ciertos tipos de seres humanos, al margen de los animales no humanos. Si los puntos del contrato derivan de la protección que nos provee y si solamente necesitamos protección de aquellos individuos que son una amenaza, o posible amenaza para nosotros, entonces, permaneciendo todo lo demás igual, no tiene caso pactar con los individuos que son más débiles que uno, puesto que no son una amenaza real. Desde el contractualismo hobbesiano la moral se reduce al interés racional en sí mismo. Y el interés racional en sí mismo ampliará el alcance de los compromisos contractuales de uno mismo hasta aquellos individuos que de alguna manera constituyan una amenaza, incluyendo una amenaza por poder o a aquellos individuos con quienes pactar puede traer alguna ventaja. Es la interpretación hobbesiana del contractualismo la que es la primera motivación para suponer que la teoría moral contractual es incompatible con la atribución de derechos morales a los no humanos. Los animales, en general, representan muy poca amenaza para nosotros. Y sobre todo: si no son agentes racionales, no pueden ser vistos coherentemente como partícipes de un contrato. Entonces, no podemos pactar con ellos y no hay nada que ganar al intentarlo. Entonces, no deberíamos pactar con ellos. Entonces, ellos carecen de estatus moral.

Sin embargo, hay una manera muy diferente de desarrollar la idea de contrato; extiende sus raíces hasta el trabajo de Kant, y el trabajo de John Rawls[11] recibe su influencia, en su formulación más reciente. Podemos, siguiendo también a Kymlicka, referir a esta interpretación de la idea de contrato, como contractualismo kantiano. El concepto central que cimienta esta interpretación es el de la igualdad moral de todos los individuos y la idea resultante de imparcialidad como constitutiva de la deliberación moral. En el trabajo de Rawls, la imparcialidad en la deliberación moral está resguardada por un dispositivo imaginativo y puramente heurístico conocido como la posición original: los participantes en el contrato, en la posición original, se encuentran ellos mismos tras el velo de la ignorancia. Esto es: cada participante carece de conocimiento de sus aptitudes naturales y de sus características –inteligencia, género, apariencia física, aptitud atlética, etcétera. Tampoco conoce su posición en la sociedad. De hecho, cada participante tampoco conoce su concepción de lo bueno, las cosas que valora, las cosas que le repugnan, etcétera. Tras el velo de la ignorancia, entonces, cada participante es en efecto forzado a ser imparcial en sus deliberaciones. Se puede ser parcial hacia uno mismo sólo si uno mismo sabe qué y quién es. Este libro argumenta que el contractualismo kantiano provee un marco teórico viable para la atribución de derechos morales a los animales no humanos. De hecho, argumentaré que el marco que provee esta óptica es superior, de modo demostrable, al que proveen el utilitarismo tradicional y sus competidores orientados a los derechos naturales. Entonces, el contractualismo kantiano provee el primer plano en el argumento central de este libro.

Lógicamente, estas teorías son muy diferentes tanto en su forma como en sus consecuencias. Históricamente, han caminado en paralelo. Separar adecuadamente estas diferentes versiones de la teoría contractualista es esencial para una defensa contractualista de los animales que sea convincente. El resultado de esta labor es un gran crecimiento del capítulo 6.

Hay otro agregado a la primera edición: el capítulo final en el cual discuto las mentes de los animales –atribuyéndoles estados mentales. Cuando escribí la primera edición, asumí –creo que sin temor a equivocarme– que ninguna persona en su sano juicio podría negar que los animales tuvieran lo que se conoce como conciencia fenomenológica. Es decir, presentan sensaciones y experiencias, y cuando es así, perciben las cosas a su manera. En otras palabras: asumí que hay algo que es como ser un animal no humano, exactamente como hay algo que es como ser un animal humano. Si hubiera disputas filosóficas interesantes, pienso, pertenecerían a los estados mentales más complejos –pensamientos, creencias y las otras actitudes llamadas proposicionales. De acuerdo con eso, la versión del capítulo final en 1998 se ocupó la mayor parte del tiempo en tratar de desarmar el bien conocido argumento de Donald Davidson (y también de Stephen Stich) que sugiere que es problemático atribuir esos estados mentales a los animales no humanos. Sin embargo, pienso que, de manera sorprendente, desde 1998 algunos autores han cuestionado incluso que los animales puedan ser conscientes. La motivación para lo anterior son los modelos de la conciencia del Pensamiento de orden Superior (HOT, Higher-order Thought) de acuerdo con los cuales para que un estado mental sea consciente, el sujeto de ese estado, la criatura que lo tiene, requiere tener un pensamiento respecto de que está en ese estado. Los animales no pueden hacer eso, se dice; entonces, no son conscientes. Por lo tanto, la nueva versión del capítulo final también contiene una discusión extensa de esta óptica de la conciencia.

Una de las características definitorias de hacerse más viejo es, creo, cierta pérdida de confianza. Es como debe ser. La certidumbre es área y quizá la prerrogativa de los jóvenes. Y así, tras diez años, no estoy tan seguro de las cosas como solía estarlo. El argumento estándar contra el utilitarismo que revisaré en el capítulo 3 no parece ser tan irrefutable como solía ser. La defensa de los derechos de los animales basada en derechos naturales de Tom Regan me parece ahora tan excesivamente metafísica como solía parecerme. Ya no estoy convencido de que, desde la perspectiva de la teoría moral, el contractualismo sea la única opción por considerar.[12] Estoy naturalmente atraído hacia la ética de la virtud, pero tengo la sospecha de que ésta no traerá ninguna aportación novedosa. Tengo profundas reservas acerca de todas las teorías morales que discutiré en este libro; y aún más profundas reservas acerca de la posibilidad de inclinarse definitivamente por alguna de ellas. Pero si de una cosa aún estoy muy seguro es de ésta: en conjunto, estas teorías aportan todas las opciones válidas y agotan las opciones teóricas posibles en el espacio moral. En otras palabras, cuando se las pone juntas, constituyen las teorías más importantes por considerar. Entonces, si puede ser mostrado que cada una de estas teorías pueden ser usadas para firmar los significativos reclamos morales de los animales, es una demostración tan decisiva como sea posible para conseguir en teoría moral que los animales efectivamente tengan un estatus moral significativo. El objetivo de este libro es mostrar que este es efectivamente el caso.

Lista de referencias

Rowlands, M. (2009). El filósofo y el lobo. Barcelona: Seix-Barral.

[1]. Agradezco las aportaciones y comentarios a la traducción de Mónica Ledesma Lugo, Karla Valencia Romero, Javier Bustamante Santos e Ingrid Crews.

[2]. Peter Singer, Animal Liberation (New York: The New York Review of Books 1975). Reprinted by Thorsons (1991).

[3]. Peter Singer, Practical Ethics (Cambridge: Cambridge University Press 1980); ‘Utilitarianism and vegetarianism’, Philosophy and Public Affairs 9, 8 (1980); ‘Animals and the value of life’, in Matters of Life and Death, ed. T. Regan (New York: Random House 1980); ‘Killing humans and killing animals’, Inquiry 22 (1979); ‘All animals are equal’, Philosophical Exchanges 1, 5 (1974).

[4]. Tom Regan, The case for Animal Rights (Berkeley: The University of California Press 1984). Reprinted by Routledge (1988).

[5]. Las siguientes son obras que han tenido influencia: Stephen Clark, The Moral Status of Animals (Oxford: Oxford University Press 1977); Mary Midgeley, Animals and Why They Matters (Harmondworth: Penguin 1984); S. F. Spontzis, Morals, Reasons, and Animals (Philadelphia: Temple University Press); James Rachels, Created From Animals: The Moral Implications of Darwinism (Oxford, Oxford Univerity Press 1990); David deGrazia, Talking Animals Seriously (Cambridge: Cambridge University Press 1996).

[6]. Rosalind Hursthouse, On Virtue Ethics (Oxford: Oxford University Press); Michael Slote, Morals From Motives (Oxford: Oxford University Press 2001). Para un desarrollo del pensamiento sobre ética de la virtud particularmente relevante en el caso de los animales véase: Rosalind Hursthouse, Ethics, Humans and Other Animals (New York, Routledge 2000).

[7]. Peter Carruthers The Animal Issue: Moral Theory In Practice (Cambridge: Cambridge University Press 1992).

[8]. Regan, The Case for Animal Rights, pp. 163-74.

[9]. Me refiero a mi trabajo Animals Like Us (London: Verso 2002).

[10]. Tomo la terminología de Hobbesian and Kantian contractarianism [contractualismo hobbesiano y kantiano] de la obra de Kymlicka ‘Contractarianism’, in P. Singer ed., A Companion to Ethics (Oxford: Basil Blackwell 1989).

[11]. John Rawls, A Theory of Justice (Oxford: Oxford University Press 1971). Sin embargo, como lo argumento en el capítulo 6, la versión contractualista de Rawls está viciada por muchas suposiciones hobbesianas implícitas.

[12]. Para algunas razones al respecto, véase mi trabajo The Philosopher and the Wolf (London: Granta 2008). [Rowlands, M. 2009. El filósofo y el lobo Barcelona: Seix-Barral].