Universidad Veracruzana

¿En qué casos se Reserva la Información?

 
  • La contenida en las revisiones y auditorias realizadas directa o indirectamente por la Contraloría General de la Universidad o por órganos de fiscalización federales y estatales, hasta en tanto se presenten las conclusiones respectivas, y hayan sido concluidas todas y cada una de las acciones de carácter administrativo, como judicial, que se hayan desprendido como consecuencia de las conclusiones.
  • La entregada con carácter confidencial por la Federación, otros Estados u Organismos Internacionales.
  • La que por disposición legal se considere propiedad intelectual, comercial reservada, secreto comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario, bursátil o cualquier otro.
  • La que pueda generar una ventaja indebida en perjuicio de un tercero; y
  • La que por disposición expresa de un ordenamiento universitario o por Ley, sea considerada como tal.
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