Universidad Veracruzana

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Requisitos contratos

Requisitos para Contratos de Prestación de Servicios Profesionales 

Documentación requerida de la contraparte (copias digitalizadas) de:

I. Acta de Nacimiento;

II. Credencial para votar;

III. Constancia de inscripción en el RFC como prestador de Servicios Profesionales Independientes;

IV. Clave Única de Registro de Población CURP;

V. Copia del Título y Cédula Profesional;

VI. Curriculum Vitae; y

VII. Comprobante de domicilio.

Requisitos para contratos de Prestación de Servicios cuando contratan a la Universidad Veracruzana

Documentación requerida de la contraparte (copias digitalizadas) de:

I. Acta constitutiva;

II. Poder Notarial del representante legal y/o nombramiento de la persona que firmará;

III. Credencial para votar;

IV. Registro Federal de Contribuyentes RFC; y

V. Comprobante de domicilio.

Requisitos de contratos (actualización):

  • Constancia de situación fiscal actualizada.

Etapas a seguir para la firma de un contrato de prestación de servicios profesionales:

  1. Reunir los requisitos del profesionista y completar el borrador del contrato dependiendo de la actividad que desea solicitar, haciendo la retención correspondiente de acuerdo a la siguiente tabla:

(Esta solicitud se hace únicamente vía Hermes ante la oficina del abogado general enviando todos los documentos en una carpeta Zip)

Universidad Veracruzana
Relación de servicios e impuestos
(A) (B) (C) (D) (E) (F)

Descripción

Gasto presupuestal Pasivo contable Pago banco
Impuestos Subtotal
(Disp. PPTO)
Retención Importe
por pagar
Importe IVA ISR (10%) IVA (6%)
Servicios empresariales (PF y PM) Si Si (A) + (B) No No (C) -(D) – (E)
Otros servicios empresariales (Seguridad) Si Si (A) + (B) No Si (C) -(D) – (E)
Arrendamiento Persona Moral Si Si (A) + (B) No No (C) -(D) – (E)
Arrendamiento Persona Física Si Si (A) + (B) Si No (C) -(D) – (E)
Arrendamiento Persona Física (Casa Habitación) Si No (A) + (B) Si No (C) -(D) – (E)
Serv. Profesionales (Médicos) Si No (A) + (B) Si No (C) -(D) – (E)
Serv. Profesionales (Derechos de Autor) Si No* (A) + (B) Si** No (C) -(D) – (E)
Serv. Profesionales (Distintos a médicos y a derechos de autor) Si Si (A) + (B) Si No (C) -(D) – (E)
Serv. Profesionales Extranjeros (En Territorio Nacional) Si Si (A) + (B) Si (25%) No (C) -(D) – (E)
Serv. Profesionales Extranjeros (No en Territorio Nacional) Si No (A) + (B) Si (25%) No (C) -(D) – (E)
Notas:
* Artículo 15 de la LIVA.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
XVI.- Por los que obtengan contraprestaciones los autores en los casos siguientes:
a) Por autorizar a terceros la publicación de obras escritas de su creación en periódicos y revistas, siempre que los periódicos y revistas se destinen para su enajenación al público por la persona que efectúa los pagos por estos conceptos.
b)  Por transmitir temporalmente los derechos patrimoniales u otorgar temporalmente licencias de uso a terceros, correspondientes a obras de su autoría a que se refieren las fracciones I a VII, IX, X, XII, XIII y XIV del artículo 13 y el artículo 78 de la Ley Federal del Derecho de Autor, que estén inscritas en el Registro Público del Derecho de Autor de la Secretaría de Educación Pública.
c) Lo dispuesto en los incisos anteriores no aplicará:
1. Cuando se trate de ideas o frases publicitarias, logotipos, emblemas, sellos distintivos, diseños o modelos industriales, manuales operativos u  obras de arte aplicado.
2. Cuando las contraprestaciones deriven de la explotación de las obras escritas o musicales en actividades empresariales distintas a la enajenación al público de sus obras o en la prestación de servicios.
** Artículo 101 de la LISR.- …, se consideran ingresos … por la prestación de servicios profesionales, los siguientes:
V. Los derivados de la enajenación de obras de arte hechas por el contribuyente.
VIII. Los obtenidos por la explotación de obras escritas, fotografías o dibujos, en libros, periódicos, revistas o en las páginas electrónicas vía Internet, o bien, la reproducción en serie de grabaciones de obras musicales y en general cualquier otro que derive de la explotación de derechos de autor.

 

  1. Si la Oficina del Abogado General brinda visto bueno jurídico, el promovente debe de solicitar la validación financiera ante la Secretaría de Administración y Finanzas vía Hermes anexando los documentos y borrador del contrato.

*En caso de que la Oficina del Abogado General tenga observaciones se le informará vía Hermes antes de dar el vo.bo. Jurídico. Para que el promovente los atienda en la brevedad.

  1. Una vez emitida la validación financiera de la Secretaría de Administración y Finanzas y si esta es procedente, la oficina del abogado general enviará en pdf el contrato con la fecha actualizada.
  2. El Promovente debe imprimir el contrato en los tantos que se establece en él, y recabar la firma del profesionista y del responsable operativo. Posterior deberá enviar los ejemplares en original y debidamente signados a la oficina del abogado general para completar firmas.
  3. Una vez que los ejemplares estén firmados por el Abogado General, se le regresará al promovente un ejemplar en original, y otro se quedará en la oficina del Abogado General para resguardo.
  4. El promovente solicitará el pago ante la Dirección de Egresos.

Especificaciones

El gestor, deberá adjuntar a la propuesta de convenio, contrato y demás instrumentos jurídicos, las especificaciones siguientes:

I. Si se hará algún tipo de requisición/orden de servicio/pedido o contrato de adquisición de bienes o de servicios, de arrendamiento o de obra que sea necesario para la ejecución del objeto del convenio o contrato cuya formalización solicita;

II. Cuál será la plantilla de personal que prestará sus servicios personales en la ejecución del objeto del convenio o contrato a celebrarse, distinguiendo cuáles lo serán subordinados -sólo podrán contratarse hasta por el tiempo máximo que dure el convenio o contrato-, cuáles independientes, qué puestos ocuparán, el sueldo u honorarios que percibirán, entre otros datos al respecto;

III. El tabulador que se utilizará para administrar los sueldos u honorarios del personal que prestará sus servicios personales en la ejecución del objeto del convenio o contrato a celebrarse está de acuerdo con el de la Dirección General de Recursos Humanos;

IV. El perfil de los recursos humanos, para determinar la viabilidad de la celebración y ejecución satisfactoria del objeto del convenio o contrato;

V. Los recursos materiales y tecnológicos necesarios para determinar la viabilidad de la celebración y ejecución satisfactoria del objeto del convenio o contrato;

VI. Los conocimientos que se generarán en el desarrollo de las acciones propias del convenio o contrato;

VII. El impacto académico del convenio o contrato, detallando el número de académicos y actividades que realizarán, número de alumnos y actividades de aprendizaje en que participarán, número de alumnos o egresados en servicio social y proyectos institucionales de servicio social a los que beneficia el proyecto del convenio o contrato, experiencias educativas específicas que están vinculadas con actividades de aprendizaje en el proyecto, trabajos recepcionales de licenciatura o posgrado, cuerpo académico y líneas de investigación asociadas, productos de investigación, cursos, talleres que se realizarán, así como los beneficios del proyecto para la acreditación de programas, para actualización de planes y programas y para la mejora de la infraestructura física o tecnológica de la Universidad Veracruzana;

VIII. Si existe la necesidad de contratar un Coordinador Técnico responsable de la ejecución del convenio o contrato, del cumplimiento de las metas y del ejercicio de los recursos. En caso de ser afirmativo, describir el puesto y el perfil necesario del mismo. En todo caso la duración del convenio o contrato será hasta por el tiempo que dure el convenio;

IX. Mencionar quién será el Coordinador Administrativo que realizará los trámites para la ejecución del convenio o contrato de conformidad con lo establecido en los manuales y disposiciones administrativas de la Universidad, será también el responsable de la correcta aplicación de los recursos y procedimientos administrativos;

X. Si está contemplada la subcontratación. En caso de ser afirmativo, añadir justificación. En todo caso el financiamiento para la realización de acciones por las empresas subcontratadas deberán absorberlo éstas, justificando por escrito los términos del mismo a satisfacción expresa de la Secretaría de Administración y Finanzas debiendo consignar con exactitud el o los montos del financiamiento, fechas en que se exhibirá, conceptos, sueldos del personal, equipos, vehículos, acondicionamiento de oficinas, mobiliario, entre otros y forma y fechas de pago, además de expresar que la Universidad no pagará intereses sobre este tipo de financiamientos;

XI. Cuáles serán los ingresos y egresos proyectados durante la vigencia del convenio o contrato, expresando con claridad la forma en que se aportará el porcentaje de Apoyo Administrativo Académico, la forma en que se amortizará el porcentaje de apoyo para Inicio de Actividades de Convenios o Contratos y los préstamos de empresas subcontratadas, así como el saldo de efectivo que resultará al final de cada mes;

XII. Mencionar que se elaboró un Programa Operativo Anual POA para su aprobación;

XIII. Cuál será el destino de los remanentes o ganancias;

XIV. Que los compromisos que se contraerán en ningún caso constituirán perjuicio económico para la Universidad, ni interferirá en el desarrollo de sus funciones sustantivas ni con su normatividad vigente y contribuirá al desarrollo de sus planes y programas de estudio enriqueciendo sus funciones sustantivas;

XV. Que el o los curriculum vitae del Coordinador Administrativo y del Coordinador Técnico, en su caso, cumplen con el perfil requerido;

XVI. Que el componente económico del convenio o contrato considera la aportación del porcentaje fijado por la Secretaría de Administración y Finanzas para apoyo administrativo académico sobre el monto total del convenio o contrato y que el restante es suficiente para la operación del convenio o contrato;

XVII. Que cuenta con disponibilidad presupuestal para enfrentar el impacto financiero que se generará con la formalización del convenio o contrato que promueve, debiendo acreditar documentalmente y de forma indubitable tal situación;

XVIII.El objeto y demás partes del convenio o contrato y sus anexos de tal manera que no deje duda sobre los alcances del mismo;

XIX. Comprobar todas aquellas cuestiones que les soliciten las Secretarías así como sus dependencias y el Abogado General; y

XX. Deberán subsanar las observaciones que en su caso emitan las Secretarías, así como sus dependencias y el Abogado General para proceder a su firma.

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Fecha: 18 abril, 2024 Responsable: Oficina de la Abogada General Contacto: abogado@uv.mx