Junta de Gobierno
Estatuto General y la Ley Orgánica
Estatuto General 1
Artículo 226.- La Junta de Gobierno se regirá por las disposiciones de la Ley de Autonomía, del capítulo II-Bis del Título Segundo de la Ley Orgánica de la Universidad Veracruzana y de su reglamento interno.
Ley Orgánica 2
Artículo 34-A.- La Junta de gobierno se regirá por las disposiciones de la Ley de Autonomía, de la Ley Orgánica de la Universidad y de su reglamento interno. La Junta de Gobierno nombrará al Contralor General de la Universidad y al personal indispensable para el desempeño adecuado de sus funciones.
Artículo 34-B.- El Contralor General es el encargado de supervisar y evaluar el ejercicio de las actividades de la Universidad; y dependerá directamente de la Junta de Gobierno.
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1 Aprobado en la sesión del Consejo Universitario
General, celebrada los días 13 y 14 de julio de
1995, y modificada en las sesiones de Consejo Universitario
General celebradas los días 4 y 5 de septiembre
de 1996; 23 de diciembre de 1996 y 14 de febrero de 1997
2 Decreto del Ejecutivo Estatal expedido el 24 de diciembre
de 1996.