TÍTULO
PRIMERO
DE LA FACULTAD DE MATEMÁTICAS
1. Sus fines son preservar, desarrollar y difundir
la cultura matemática en beneficio de la sociedad.
2. Para lograr sus fines, entre otras acciones
debe:
2.1 Formar profesionistas de la matemática, dentro de un
marco científico y humanístico, de acuerdo con las
necesidades del país y del estado de Veracruz.
2.2 Fomentar y cooperar con el desarrollo de la investigación
científica en sus formas básica y aplicada.
2.3 Realizar investigaciones y estudios en las ramas de su competencia,
teniendo en cuenta, en particular, los problemas que afectan a
nuestro estado y al país en general.
2.4 Establecer relaciones con las diversas instituciones de enseñanza
e investigación estatales, nacionales y extranjeras, para
la cooperación mutua en el terreno de la ciencia.
2.5 Proporcionar asesoría técnica a las instituciones
públicas en asuntos de su competencia.
2.6 Estimular y difundir el conocimiento matemático.
2.7 Hacer participar de los beneficios de la cultura científica
a todos los que han carecido de la oportunidad de obtenerla o
acrecentarla.
TÍTULO
SEGUNDO
DE LA JUNTA ACADÉMICA
3. La Junta Académica deberá ser
convocada cuando menos con tres días hábiles anteriores
a su celebración, por medio de oficio escrito y notificado
personalmente, en el cual constarán el o los motivos de
la Junta, fecha, lugar y hora de la celebración, así
como la orden del día, la cual deberá incluir la
lectura del acta anterior y asuntos generales.
4. Para los efectos de declaración de
quórum para sesionar, deberán estar presentes al
menos el 50 por ciento más uno de los miembros. Si pasados
treinta minutos no se reuniese dicha cantidad de asistentes, se
procederá con los presentes.
5. Las sesiones podrán ser:
5.1 Ordinarias. Aquellas que se convoquen para conocer o, en su
caso, resolver en alguna de sus atribuciones.
5.2 Extraordinarias. Aquellas que, en medida del asunto de sumo
interés o de extrema urgencia, no pueden ser convocadas
en los tiempos marcados arriba.
5.3 Solemnes. Aquellas que se convocan para los efectos de exaltar
un asunto o personaje derelevancia en la Facultad, debiendo tomarse
el acuerdo en una sesión ordinaria correspondiente.
6. Las sesiones extraordinarias podrán
ser convocadas al menos con 24 horas de antelación, sin
mediar notificación formal y por escrito. Bastará
ser convocada por estratos de la entidad. Para los efectos del
quórum legal bastará con la reunión del 40
por ciento de los miembros. Si pasados treinta minutos no se reuniese
dicha cantidad de asistentes, se procederá con los presentes.
7. Las sesiones solemnes se convocarán
exclusivamente para el asunto de relevancia que se debe tratar.
La convocatoria se hará al menos con 48 horas de antelación
y sesionará con el quórum legal de la ordinaria,
pero, en el caso de que no se reuniera pasados diez minutos, se
sesionará con los presentes.
TÍTULO
TERCERO
UNIDADES DE APOYO DOCENTE
Capítulo I. De la Biblioteca
8. La biblioteca está bajo la normatividad
bibliotecaria universitaria.
9. Proporcionará servicio de las 8:00
a las 21:00 horas, los días hábiles.
Capítulo II. Del Centro de Cómputo.
10. El centro de cómputo de la Facultad
está constituido por el equipo de cómputo del mismo
y el espacio que lo alberga.
11. El centro de cómputo prestará
servicios informáticos a los integrantes de la Facultad.
12. El responsable del servicio del centro de
cómputo será el Encargado del mismo.
13. Para tener derecho al uso de los servicios
informáticos, los usuarios deberán mostrar su credencial
vigente.
14. Antes de iniciar su sesión, los usuarios
llenarán el registro correspondiente, que incluirá
fecha y hora de entrada, nombre completo, grupo (en su caso),
número de computadora, actividades a realizar. Al terminar
la sesión, deberán, además de apagar el equipo,
anotar también la hora de salida.
15. El servicio se proporciona dependiendo de
la disponibilidad de equipo. En caso de saturación, habrá
una lista de espera, en la que se dará prioridad a quien
no haya utilizado el equipo y a quien lleva alguna materia relacionada
con la informática.
16. El usuario que utilice disquetes deberá
revisarlos antes, para evitar virus y moho.
17. El usuario dispondrá de dos horas
por sesión.
18. Los programas (software) propiedad del centro
de cómputo no deben copiarse.
19. En caso de trabajo en equipo, el máximo
son tres usuarios en computadora.
20. En el centro de cómputo queda prohibido
a los usuarios: introducir alimentos o bebidas, fumar, usar sin
audífonos aparatos de sonido, cambiar la configuración
de las computadoras, borrar programas, instalar software, conectar
accesorios a las computadoras, cambiar de lugar el equipo, usar
el equipo para chatear o jugar, grabar música en el disco
duro, entre otros.
21. Los accesorios se prestarán, para
usos académicos, a solicitud del usuario.
22. El servicio se prestará de lunes a
viernes, de las 8:00 a las 14:00 horas.
23. El Director, en caso justificado, podrá
autorizar solicitudes de uso del equipo fuera del lugar y horario
establecido, las que se le harán con 48 horas de anticipación.
24. Cada usuario financiará sus insumos.
25. El usuario que detecte alguna irregularidad
la comunicará al Encargado.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Primero. El presente reglamento entrará en vigor al día
siguiente de su aprobación por el H. Consejo Universitario
General.
Segundo. Notifíquese en la Gaceta de la Universidad Veracruzana.