POLÍTICAS
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GENERALES
De acuerdo al Art. 117 fracción III de la Ley del I.S.R., deben presentar declaración anual en forma independiente aquellos empleados que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Quienes además de Sueldos obtengan ingresos acumulables por: Honorarios, Arrendamientos, Actividad Empresarial, etc.
- Cuando se obtengan ingresos anuales por salarios que excedan de $400,000.00.
- Que además de sueldos, se obtengan ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero.
- Cuando dejen de prestar servicios a la Universidad antes del 31 de diciembre de cada año, ó cuando obtengan ingresos por salarios de dos o más patrones.
- Cuando opten por presentar su declaración en forma personal y lo comuniquen por escrito a la Universidad o por correo electrónico, por medio del formato (ARF-IG-F-028).
- La solicitud de Constancia de Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito al Salario y Subsidio para el Empleo, deberá ser entregada desde el primer día hábil del mes de octubre hasta el último día hábil del mes de diciembre del año en curso, podrá enviarse de manera electrónica al correo recepcionconstancia@uv.mx, o de manera impresa al administrador.
- Los administradores de las dependencias y entidades académicas turnarán los formatos a la Dirección de Contabilidad a más tardar la primera semana de labores del mes de enero del siguiente año. |
- Los trabajadores universitarios podrán actualizar sus datos personales durante todo el año ante la Dirección General de Recursos Humanos, principalmente su R.F.C y la CURP, para lo cual deberán anexar copia en los que aparezca el dato a modificar