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Departamento de Estímulos a la Productividad Académica

Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística

Convocatoria

        

DA-EDA-OT-08

LA UNIVERSIDAD VERACRUZANA

C O N V O C A

Al personal académico cuya actividad principal es la EJECUCIÓN ARTÍSTICA con nombramiento de base y en el desempeño de sus funciones, a participar en el Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística, en su ejercicio 2009 - 2011, de acuerdo con las siguientes bases:


I. Podrán participar:

  1. Ejecutantes Artísticos de tiempo completo y medio tiempo.
  2. Técnicos Académicos de tiempo completo o medio tiempo cuya actividad principal sea la Ejecución Artística.
  3. El personal académico descrito en los apartados 1 y 2, que durante el periodo a evaluar de la convocatoria disfruten de año sabático, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 9 del Estatuto del Personal Académico de la Universidad Veracruzana. También los académicos que desempeñen una comisión de tipo académico en la propia Universidad, autorizada por la Rectoría o la Secretaría Académica, en la cual tengan descarga total.
II. Requisitos de ingreso al programa

  1. Desarrollar dentro de su carga académica, durante el periodo a evaluar, cuatro horas/semana/mes por semestre o bien con un total de ocho horas/semana/mes al año, cualquiera que sea su distribución semestral y sin que implique un segundo nombramiento, de enseñanza en cursos, talleres, seminarios, prácticas, laboratorios y otras experiencias educativas, con valor en créditos o curricularmente establecidas, o bien su equivalente en la contribución a la formación integral de estudiantes de la Universidad Veracruzana mediante la participación en 10 actuaciones en espacios universitarios y 10 conciertos didácticos por año, las cuales no son consideradas para otorgar puntaje. Se excluye de este requisito a los académicos señalados en el punto tres expuesto líneas arriba.

  1. No contar con un porcentaje mayor al cinco por ciento de inasistencias injustificadas en sus actividades académicas; ni haber disfrutado de alguna licencia sin goce de sueldo en el período correspondiente a esta convocatoria.

  1. Para los académicos ejecutantes y técnicos académicos de tiempo completo, no desempeñar durante el periodo del ejercicio del Programa ninguna actividad adicional que implique contratación mayor a 20 horas/semana/mes con organismos, entidades o instituciones del sector público o privado, en cualquiera de sus ámbitos, lo anterior, con el propósito de impulsar una cultura académica en donde el ejecutante artístico se involucre completamente en las actividades que benefician a la institución. Será necesario que el académico lo declare por escrito en dos momentos del proceso, en la inscripción al programa y en la entrega del informe de productividad junto con la documentación probatoria, en el formato correspondiente y firmado personalmente.
III. Modalidades de participación:

  1. Por asignación de nivel por evaluación

    Para quienes ingresen por esta modalidad deberán seguir todos los procesos establecidos en la presente convocatoria y los lineamientos marcados en el Documento Rector correspondiente.

  1. Por asignación automática de nivel

    Para quienes además de cumplir los requisitos anteriores, sean Miembros del Sistema Nacional de Creadores Artísticos.

IV. Requisitos para ser evaluado:

  1. Haber realizado, su inscripción al Programa en el formato en línea correspondiente.
  2. Contar con el registro de los Planes Anuales de Trabajo Individual y los Reportes de Autoevaluación, con aval del Órgano Equivalente al Consejo Técnico.
  3. Haber cubierto todos los requisitos de ingreso al programa descritos en esta convocatoria.
  4. Haber entregado en la dependencia de adscripción el Informe de Productividad Académica del periodo bienal, junto con las evidencias de desempeño señaladas en el Documento Rector.
  5. Para los académicos que participan por asignación automática de nivel, deberán presentar en el Departamento de Estímulos a la Productividad Académica una solicitud de ingreso al Programa y la documentación que avale su membresía en el Sistema Nacional de Creadores Artísticos.
V. Objetivo

El Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística como instrumento de impulso a la política institucional. Está centrado en contribuir a la conformación de una nueva cultura académica para la transformación del quehacer institucional que favorezca la renovación creativa y la producción de conocimiento sobre la cultura misma a través del desempeño académico integral y el cumplimiento de la misión de la Universidad Veracruzana. Con este programa se pretende estimular a los ejecutantes artísticos que realicen actividades sobresalientes en la ejecución artística, articulada con la docencia, el apoyo a la formación integral de los estudiantes, la creación artística, la preservación y difusión de la cultura, la gestión académico administrativa, las tutorías y la propia superación académica, tendientes al desarrollo de los proyectos institucionales estratégicos.

VI. Enfoque

El Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística está enfocado a reconocer y estimular tanto el desempeño artístico grupal como los aportes individuales en favor del desarrollo de su entidad (grupo). Se evalúa la calidad de las actividades sobresalientes y los productos artísticos resultado del desempeño en la ejecución artística, articulada con la docencia, el apoyo a la formación integral de los estudiantes, la creación artística, la preservación y difusión de la cultura, la gestión académico administrativa, las tutorías y la propia superación académica así como la contribución al enriquecimiento cultural de la población del estado de Veracruz y a la distribución social del conocimiento.

VII. Niveles

Dado que el Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística surge como una estrategia institucional para homologar el estímulo que se otorga a los académicos en funciones de docencia e investigación a través del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Académico (PEDPA), al igual que éste, incorporará seis niveles diferenciados resultantes de las evaluaciones al desempeño y a la calidad de los productos realizados, en apoyo a las políticas institucionales plasmadas en el Programa de Trabajo de la Universidad Veracruzana.

  1. Los niveles I, II y III. Serán obtenidos por quien alcance buenos resultados en el desempeño en la ejecución artística, individual y/o grupal, que además muestre evidencias de la articulación de la ejecución artística con otras funciones académicas como, la docencia, el apoyo a la formación integral de los estudiantes, la creación artística, la preservación y difusión de la cultura, la gestión académico administrativa, las tutorías y la superación académica.
  2. Los niveles IV, V y VI corresponden a quien muestre resultados sobresalientes por su calidad en la ejecución artística individual y/o grupal articulada con todas las funciones académicas de: docencia, apoyo a la formación integral de los estudiantes, creación artística, preservación y difusión de la cultura, gestión académico administrativa, tutorías y la superación académica.
  3. El nivel V también se otorgará a quien sea miembro vigente, durante el periodo bienal, del Sistema Nacional de Creadores Artísticos.
  4. El nivel VI a quien sea miembro emérito del Sistema Nacional de Creadores Artísticos.
VIII. Actualización de nivel

Una vez asignado el nivel en función de su evaluación, éste estará vigente por dos años, salvo que el académico solicite por escrito la actualización de su nivel, a través de la modalidad de asignación automática, cuando demuestre su membresía en el Sistema Nacional de Creadores Artísticos y cumpla con los requisitos establecidos en párrafos anteriores.

IX. Fuentes de financiamiento

El Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística tendrá como fuente de financiamiento anual recursos derivados de ingresos propios de la Universidad Veracruzana.

X. Montos

Los Ejecutantes Artísticos y los técnicos académicos, de medio tiempo, percibirán el 75 por ciento del total que se asigne para este período a los Académicos Ejecutantes de tiempo completo.

Los montos del estímulo se pagarán de acuerdo con el nombramiento y la carga del académico que avale la Dirección General de Recursos Humanos en el momento de la inscripción.

El cálculo de los montos por nivel se determinará con base en el siguiente factor contable

Nivel

Factor contable

I

1

II

1.5

III

2

IV

3

V

4

VI

5.5

XI. Información complementaria

  1. El Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística tiene una vigencia bienal, las actividades académicas que se evaluarán serán las realizadas en el período comprendido entre el 16 de agosto de 2009 y el 15 de agosto de 2011 y los estímulos económicos se otorgarán una vez evaluado el expediente correspondiente.
  2. El Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística forma parte del conjunto de Programas de Estímulos de la Universidad Veracruzana destinados al Personal Académico, y tiene condicionada su vigencia a la del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Académico dependiente de la Secretaría de Educación Pública y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  3. En congruencia con el punto anterior, el apoyo económico destinado al Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística se hará efectivo siempre y cuando se apruebe la partida anual presupuestal correspondiente al PEDPA, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorga a través de la Secretaría de Educación Pública a la Universidad Veracruzana y podrá suspenderse en forma definitiva, cuando el Gobierno Federal dé por terminado este programa
  4. Los Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística son beneficios económicos independientes al sueldo autorizado para el personal de la Universidad Veracruzana, por lo que no constituyen un ingreso fijo, regular, ni permanente y en consecuencia no podrán estar, bajo ninguna circunstancia, sujetos a negociaciones con organizaciones sindicales o estudiantiles, así como tampoco podrán ser demandables ante otra autoridad gubernamental.
  5. Todos los procesos de evaluación comprendidos en el Programa Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística, se realizarán conforme a lo establecido en la legislación universitaria para el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Académico.
  6. Los lineamientos particulares, puntajes y requisitos se podrán consultar en el Documento Rector correspondiente al Programa de Estímulos al Desempeño en la Ejecución Artística.
  7. Para quienes realizan docencia en cualquiera de sus modalidades, la Evaluación al Desempeño Docente se realizará al finalizar cada uno de los semestres que incluye el bienio, mediante el Sistema de Evaluación al Desempeño Docente (SEDDUV).
  8. Los aspectos no considerados en la presente convocatoria serán resueltos por la Comisión del Consejo Universitario para el Seguimiento y Evaluación del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Académico.
XII. Acciones y fechas:

  1. Inscripción en línea al Programa ejercicio 2009- 2011: del 3 al 14 de mayo de 2010.
  2. Registro en línea del Plan Anual de Trabajo Individual correspondiente:

    a) Período del 16 de agosto de 2009 al 15 de agosto de 2010: del 3 al 14 de mayo de 2010.

    b) Período del 16 de agosto de 2010 al 15 de agosto de 2011: del 19 al 29 de julio de 2010.

  3. Registro en línea del Reporte de Autoevaluación correspondiente:

    a) Período del 16 de agosto de 2009 al 15 de agosto de 2010: del 19 al 29 de julio de 2010.

    b) Período del 16 de agosto de 2010 al 15 de agosto de 2011: Del 22 de agosto al 2 de septiembre de 2011.

  4. Registro permanente en línea de actividades y productos realizados.
  5. Notificación de resultados del proceso de análisis y evaluación: 15 de diciembre de 2011.
  6. Pago del período septiembre - diciembre de 2011: 15 de diciembre de 2011.
  7. Primer pago mensual: segunda quincena de enero de 2012.
  8. Último pago del período: segunda quincena de agosto de 2013.
  9. Las inconformidades procederán en tiempo y forma de acuerdo con lo establecido en el Estatuto del Personal Académico.

Xalapa, Ver., a 30 de abril de 2010.

DR. RAÚL ARIAS LOVILLO

RECTOR

 

 


Documentos

 

Acuerdos de la Comisión del Consejo Universitario que modifican los indicadores del Programa
  • Modificación en los puntajes de los indicadores 2.3.6, 3.5.1, 4.3.1 y 4.3.3
  • AVISO : Modificación en los indicadores

    3.6.1 Dirección de trabajo recepcional
    4.4.1 Jurado de examen de oposición
    4.6.5 Prejurado de examen profesional
    4.6.6 Jurado de examen profesional

    La fuente de información: serán las Coordinaciones de Posgrado y Direcciones de Entidad, responsables de proporcionar el total de participaciones por académico.