Universidad Veracruzana

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Atribuciones y estructura

El Defensor de los derechos Universitarios tendrá las atribuciones siguientes:

I. Conocer y resolver las quejas que a título individual formulen los integrantes de la comunidad universitaria, cuando consideren que se han violado los derechos conferidos por la legislación universitaria; o cuando se alegue que no se ha dado respuesta a solicitudes o peticiones dentro de un plazo razonable;

II. Solicitar informes y practicar las investigaciones necesarias para el conocimiento del caso;

III. Proponer soluciones a las autoridades o funcionarios de la Universidad que correspondan;

IV. Formular recomendaciones y observaciones a las autoridades y funcionarios de la Universidad;

V. Comparecer ante el Consejo Universitario General, anualmente, a rendir un informe de labores, o cuando éste se lo solicite;

VI. Desahogar las consultas que, en materia de derechos universitarios le formulen los miembros de la comunidad universitaria;

VII. Procurar la conciliación entre las partes, respecto al conflicto que enfrenten;

VIII. Conocer las quejas sobre evaluaciones académicas practicadas a los alumnos, solamente por cuanto hace a violaciones del procedimiento establecido en el Estatuto de los Alumnos.

IX. Solicitar cuando proceda, que los funcionarios, autoridades o cualquier instancia competente de la Universidad, una vez admitida a trámite la queja ante la Defensoría, tomen medidas precautorias, con carácter provisional, para evitar daños de difícil reparación; y

X. Las demás que le confiera la legislación universitaria.

Los Defensores Adjuntos tendrán las atribuciones siguientes:

I. Integrar los expedientes relativos a los asuntos que le turne el Defensor;

II. Llevar el registro y control de los expedientes radicados en la Defensoría;

III. Desahogar todas las diligencias necesarias para integrar los expedientes que le asigne el Defensor;

IV. Acordar con el Defensor, el trámite de los asuntos bajo su responsabilidad;

V. Informar al Defensor de la conclusión de la investigación y su turno para resolverlo;

VI. Efectuar las acciones que se requieran para la difusión de las actividades de la Defensoría;

VII. Coadyuvar con el Defensor en la organización administrativa de la Defensoría;

VIII. Suplir al Defensor en los casos de ausencia temporal o excusa; y

IX. Las demás actividades que les asigne el Defensor. 

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Ubicación

Avenida Rafael Murillo Vidal No. 151, Col. Ensueño, C.P. 91060, Xalapa, Veracruz

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Última actualización

Fecha: 23 abril, 2024 Responsable: Lic. Eda Yurit Herrera Espinoza Contacto: defensoria@uv.mx