Como alumno de la Universidad Veracruzana (UV) debe saber que la misma se rige por su propia legislación, esto es, la Ley de Autonomía, Ley Orgánica, Estatutos: General, del Personal Académico y de los Alumnos, así como los Reglamentos aprobados por el H. Consejo Universitario General.
Resulta por lo tanto de gran importancia enterarse del contenido de los ordenamientos pues al ser integrante de la comunidad universitaria le serán aplicables, principalmente el Estatuto de los Alumnos 2008 en que se regulan los procesos de ingreso, permanencia y egreso, los tipos de educación, niveles, planes de estudios, derechos, obligaciones, faltas y sanciones.
En el propio Estatuto se señala en su artículo 2 que: "Las resoluciones emanadas de la aplicación del presente Estatuto podrán ser recurridas ante el Defensor de los Derechos Universitarios, en los términos que establece el Estatuto General".
La Defensoría de los Derechos Universitarios fue creada por Acuerdo del Rector el 6 de octubre de 2006, aprobado por el H. Consejo Universitario General el 23 de noviembre del mismo año. Se rige por los artículos 271 al 286 del Estatuto General y su propio Reglamento, como un órgano independiente, con la función de tutelar y procurar el respeto de los derechos que la Legislación Universitaria otorga a los miembros de la comunidad universitaria.
La integran un Defensor, designado por el H. Consejo Universitario General y dos Defensores Adjuntos que serán nombrados y removidos por el titular, quienes deben reunir como requisitos, el gozar de reconocida solvencia moral e imparcial.
Dentro de sus atribuciones están:
> La de conocer y resolver las quejas que a título individual formulen los integrantes de la comunidad universitaria.
> Actuar a petición de parte o de oficio.
> Practicar las investigaciones necesarias para el conocimiento del caso, formulando recomendaciones (no obligatorias) y observaciones a las autoridades y funcionarios de la universidad
> Proponer soluciones.
> Procurar la conciliación entre las partes.
> Solicitar se tomen medidas precautorias con carácter provisional, para evitar daños de difícil reparación.
> Conocer quejas sobre evaluaciones académicas practicadas a los alumnos, solamente por cuanto hace a violaciones del procedimiento establecido en el Estatuto de los Alumnos; guardar absoluta reserva de los asuntos que tramitan entre otras.
Quedando exceptuadas de su competencia las afectaciones de los derechos de carácter colectivo y los derechos de carácter laboral.
La Defensoría recibirá las quejas de los miembros de la comunidad universitaria que consideren afectados los derechos que les concede la legislación universitaria, cuando se refieran a hechos ocurridos dentro del término de 120 días naturales, contados a partir del día en que se produce el acto contra el cual se va a presentar la inconformidad.
 
Las quejas deberán presentarse por escrito, de manera personal, por correo electrónico o correo certificado del Servicio Postal Mexicano y deberán contener: Nombre completo del quejoso, número de matrícula o de personal, la entidad académica o dependencia de adscripción, domicilio para recibir notificaciones, número telefónico, correo electrónico, descripción sucinta de los hechos, en su caso los derechos que estime afectados, así como la petición concreta y los documentos que se relacionen con los actos violatorios de existir estos; en caso de no tener acceso a ellos, indicar el lugar donde se encuentran, y firma autógrafa. Las quejas anónimas no se atienden.
Una vez recibida la queja, se ratificará la misma, se acordará sobre su admisión, se solicitará informe a la autoridad o funcionario señalado como responsable y, se llevarán a cabo las acciones necesarias para integrar una investigación que lleve al conocimiento de la verdad para estar en condiciones de emitir una resolución justa, apegada a la normatividad, basada en los principios de independencia, imparcialidad y confidencialidad.
Hay que recordar que es necesario conocer los derechos que nos asisten, para poder exigir su respeto y restitución.
Defensoría de los Derechos Universitarios
Calle Veracruz No. 46. Departamento 4. Fraccionamiento Pomona, Xalapa, Veracruz. Código Postal 91040 Teléfono: (228) 818-89-37 y 818-37-93.
Conmutador: (228) 842-17-00 y 842-27-00 extensión 10510.
 
 
Defensoría de los Derechos Universitarios
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C.P. 91040 Tel: (228) 818-89-37 y 818-37-93.
Conmutador: (228) 842-17-00 y 842-27-00 extensión 10510.
Página de Internet: www.uv.mx/defensoria